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El TSJA condena al Ayuntamiento de Córdoba a pagar más de 15.000 euros a un informático por diferencias salariales

Fachada del Ayuntamiento de Córdoba.

Alejandra Luque

19 de julio de 2026 20:01 h

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado el recurso de suplicación interpuesto por el Ayuntamiento de Córdoba, confirmando así la condena previa que obliga a la administración local a abonar una importante suma económica a un antiguo trabajador. El fallo ratifica que la institución pública, al actuar como empleadora, está plenamente sometida al derecho laboral y a sus consecuencias por demora en los pagos.

El ingeniero técnico en informática trabajó para el Consistorio entre octubre de 2019 y abril de 2020 mediante un contrato de duración determinada por obra y servicio, con el objetivo de crear y actualizar bases de datos para el Consorcio Orquesta de Córdoba. Dicha contratación se enmarcó en el programa Iniciativas de Cooperación Local, una colaboración entre el Ayuntamiento y la Junta de Andalucía para el fomento del empleo. Sin embargo, tras la finalización de la relación laboral, el empleado reclamó diferencias salariales no percibidas conforme al convenio colectivo de aplicación, así como la indemnización correspondiente por la extinción de su contrato temporal.

A pesar de contar con la categoría profesional de ingeniero técnico en informática, el demandante percibía un salario mensual prorrateado de 1.162,50 euros. El empleado reclamó judicialmente las diferencias respecto a lo que legalmente le correspondía percibir según el convenio colectivo extraestatutario aplicable al personal del propio Ayuntamiento, cuantificadas en 14.631,38 euros, a los que sumó 483,49 euros en concepto de indemnización por finalización de contrato. La sentencia original del juzgado de lo Social, ahora confirmada, condena al Ayuntamiento de Córdoba al pago íntegro de dichas cantidades, que son tan elevadas debido al interés del 10% de demora que también ha ratificado el alto tribunal andaluz.

Además del pago de las cantidades adeudadas y los intereses acumulados, el Ayuntamiento de Córdoba ha sido condenado al abono de las costas del recurso, fijadas en 800 euros (más IVA) en concepto de honorarios para el letrado del demandante.

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