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La Fiscalía mantiene su petición de cárcel para los acusados de quedarse con unas 200 toneladas de aceite de una almazara de Priego

Imagen de la primera sesión del juicio

Alejandra Luque

25 de abril de 2025 13:50 h

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La Fiscalía Provincial de Córdoba ha elevado a definitiva su calificación de estafa y falsedad documental en el caso de la supuesta apropiación de unos 200.000 kilos de aceite de una almazara de Priego de Córdoba por parte de tres personas, dos de ellas, extrabajadoras de la entidad. La acusación particular se ha adherido al escrito de calificación del Ministerio Público y la defensa ha pedido la absolución y, de forma subsidiaria, la aplicación de la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas, ya que el caso se ha enjuiciado casi diez años después de los supuestos hechos.

Según las tesis de ambas acusaciones, los tres procesados manipulaban los registros y tickets de producción. La clave habría sido declarar una cantidad de producción de aceite ligeramente inferior a la real, creando así un “desfase” o diferencia. Este desfase, según los cálculos elaborados por el fiscal, representa menos del 1% del volumen total de la producción de la almazara. La empresa habría manejado cuatro o cinco millones de kilos por temporada y los hechos que se han enjuiciado se habrían desarrollado en tres ejercicios. Con base en estos cálculos de la Fiscalía, lo sustraído asciende a 180.600 kilos de aceite de oliva virgen extra y a 17.740 de lampante, que no es apto para el consumo humano.

Tal y como han argumentado ambas acusaciones en sus informes finales, el transporte del aceite presuntamente sustraído se realizaba a través de la empresa de uno de los acusados, el conductor del camión. Esta empresa no estaba dada de alta en la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA) hasta 2015 y presentaba compras no justificadas por un volumen similar al del aceite sustraído (casi 200.000 litros). Además, esta empresa experimentó un crecimiento del 127% durante el período de los hechos; un incremento que las acusaciones cuantifican en casi 500.000 euros. También se han señalado desfases y existencias negativas en las cuentas de la empresa receptora del aceite en varios períodos.

Las pruebas clave presentadas por las acusaciones incluyen los informes periciales, tanto el realizado por la perito judicial de Taxo, nombrada por la instrucción, como el del perito de la acusación particular. Ambos informes confirman las irregularidades contables y la existencia de los desfases sostenidas por las acusaciones.

Una cuestión de base que se ha dilucidado durante las dos largas jornadas de juicio ha sido la relativa a la práctica de las llamadas “medias cisternas” y la mezcla de aceites de distinta procedencia en el camión. Las acusaciones, basándose en los testigos y peritos que declararon en la primera jornada, han afirmado que es “totalmente insólito y una irregularidad grave”. Cabe recordar que esta causa se inició tras una denuncia de la almazara, quien realizó una investigación tras detectarse un “vale de un minuto de pesada”, lo que llevó a descubrir un entramado en el que se habría sustraído el aceite. Se investigaron ventas y pesos, detectándose 17 operaciones de salida de aceite que presentaban irregularidades. Estas incluían pesajes realizados fuera del horario de oficina -antes de las 9:00 o antes de las 16:00- y tiempos de carga “inusualmente” cortos para la cantidad que supuestamente cargaba. Es decir, estaba una hora recogiendo aceite cuando lo que constaba en la documentación era que se hacían “medias cisternas”. Esta investigación se inició después de que dos trabajadores, los hoy acusados, se fueran de la empresa.

Respecto a la dificultad para detectar la falta de aceite, las acusaciones explicaron que la cantidad sustraída, siendo menos del 1% del volumen total, era prácticamente “inapreciable mediante mediciones manuales en depósitos de gran altura, como se hacía antes de la instalación de sistemas informatizados a raíz de estos hechos”. Sin embargo, “las matemáticas de las periciales no mienten y evidencian la falta de aceite y las irregularidades contables y operativas”. Por ello, las acusaciones han mantenido su petición de condena por estafa continuada y falsedad documental.

Los acusados se declaran inocentes

Debido a que la primera jornada fue muy extensa y los acusados pidieron declarar en último lugar, el tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba acordó que declararan este viernes.

El primero en hacerlo ha sido uno de los extrabajadores de la almazara, quien era el maestro de molino, encargado de producción y de mantenimiento desde 2008 y hasta 2015, cuando abandonó la empresa. Este acusado, que se dedicaba anteriormente a la construcción, ha restado importancia a los tiempos de pesaje de las cisternas y ha reconocido que, aunque no “era muy corrientes”, en esta almazara se hacían “cargas de medias cisternas”. Asimismo, afirmó que nunca hubo incidencias significativas ni llamadas de atención sobre la falta de coincidencia entre los datos de producción y la bodega.

Sobre los ingresos de este trabajador, la acusación particular ha explicado que hasta 2013, él retiraba dinero de su cuenta para “gastos de la casa”, tal y como ha declarado. Sin embargo, es a finales de 2013 -periodo en el que comenzarían los hechos- cuando el procesado deja de sacar ese dinero. El encartado ha justificado este hecho en que a partir de esa fecha, la almazara “comenzó a pagar las horas extras en dinero”, aunque la abogada de la acusación ha concretado que los ingresos por horas extras constan en su cuenta corriente.

El segundo acusado, empleado de la almazara desde 2010 hasta 2015 y de máxima confianza del propietario, ha rechazado también las tesis de las acusaciones. Sus responsabilidades incluían el pesaje de la aceituna, la carga y descarga de cisternas y la organización del personal. Sobre las “medias cargas”, ha señalado que “no era habitual mezclar el aceite”. Además, ha declarado que en la almazara “nunca hemos tenido una incidencia”, y que “nunca ha habido escapes de aceite”.

En último lugar ha declarado el transportista del camión en cuestión, cuñado del primer acusado y propietario de la empresa denunciada y la cual habría recepcionado el aceite sustraído. Según su relato, el modelo de negocio era “mezclar aceite”; es decir, tomar aceite de “baja calidad o baja” o “lampante” y mezclarlo con otro de buena calidad para crear un producto “lampante medio” y comercializarlo en el mercado.

Sin apenas tener conocimiento del mundo del aceite, este extrabajador de la construcción acudía “a muchos molinos” y se hacía “con lo que nadie quería”; un aceite que luego limpiaba “y hasta, casi al mes, no sabía la cantidad de aceite que tenía”. Era entonces, según su testimonio, cuando hacía las facturas a las empresas. En contra de lo manifestado por los testigos de la empresa, ha sostenido que él ha obtenido medias cisternas de la almazara.

En cuanto a los aspectos contables y administrativos de su propia empresa, ha asegurado “no entender de números” y que “los temas del banco los llevaba su mujer, quien no tiene ni idea de contabilidad”. Hay que recordar que un informe pericial señaló que el crecimiento de esta empresa, en el periodo de los hechos, creció un 127%. En último lugar, ha asegurado que no era obligatorio estar dado de alta en la AICA y que, si lo hacía tenía que pagar un porcentaje. “Cuando empecé no iba sobrado, así que iba a lo justo y necesario”, ha manifestado.

El juicio ha quedado visto para sentencia.

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