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La exdirectora del Arqueológico pide ante el juez la nulidad de su cese

Dolores Baena

Alfonso Alba

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La exdirectora del Museo Arqueológico de Córdoba, María Dolores Baena, ha presentado un recurso ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Córdoba en el que reclama la nulidad de su cese, que se produjo a finales de diciembre del año pasado. Baena sostiene que el cese “está investido de arbitrariedad, e injusticia, y que la mera invocación de pérdida de confianza técnica no es suficiente para justificarlo”, según señala en un escrito al que ha tenido acceso este periódico.

Así, en la demanda la exdirectora sostiene que en un puesto de libre designación como el que venía ocupando desde el año 2002 “la resolución administrativa por la que se acuerde el cese de funcionarios” ha de comprender “los hechos y fundamentos de Derecho, esto es, ha de explicar las razones que han llevado al cese del libremente designado de manera suficiente para que sepa por qué se le cesa y pueda defenderse de esa decisión, sin que sirvan para ello expresiones opacas, estandarizadas o ajenas a los requerimientos del puesto, o a las exigencias de idoneidad profesional que llevaron al nombramiento”. 

Al contrario, Baena asegura que la motivación de la Junta para cesarla es “vaga”. Así, cita expresamente la resolución, en la que se alude a que se produce “por pérdida de confianza técnica, al haberse constatado la necesidad de optimizar la gestión de los asuntos de administración general, vinculados al área de personal y de gestión económica del referido museo. Ello requiere contar con un perfil profesional que aporte una visión alternativa a la gestión actual, a la vista de los cambios que esta administración pretende acometer, con el fin de dar cumplimiento a los objetivos vinculados al buen funcionamiento de la mencionada unidad administrativa…” 

“Sin embargo, este supuesto cambio organizativo no es tal, tratándose sólo de una excusa, lo que ya de entrada comporta la arbitrariedad del cese, al no haberse producido un cambio o modificación en las funciones del puesto, por más que se aluda a un cambio organizativo y de gestión absolutamente incierto. Si la pretensión de la administración era la de acometer cambios organizativos y de gestión, tendría que haber empezado por modificar la Relación de Puestos de Trabajo (RPT), lo que no se ha llevado a cabo, ni antes, ni después del cese, dado que el perfil requerido para el puesto sigue siendo el mismo”, relata en la demanda, ante la que se pregunta si “¿cabe mayor arbitrariedad?”.

Además, Baena agrega que “en modo alguno la resolución impugnada ha justificado el por qué ahora la preferencia lo sea por un perfil profesional distinto, con el impreciso argumento de que '…requiere contar con un perfil profesional que aporte una visión alternativa a la gestión actual, a la vista de los cambios que esta Administración pretende acometer…”. Ante ello, se pregunta que “¿cuáles son los cambios que pretende acometer la Administración que determinan la falta de idoneidad sobrevenida de mi mandante para el puesto que venía ocupando? ¿Cuál es la visión alternativa? ¿Por qué la convocatoria coincide con la ficha de funciones que tenía mi mandante?”.

Por todo ello, reclama a los tribunales que anulen el cese y que la repongan en el puesto de trabajo, además de que condene a la administración. Para ello pide también pruebas documentales y testificales con los que se puedan aclarar los hechos demandados.

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