Condenado a prisión un hombre de 64 años que se hizo pasar por un menor para conseguir fotos íntimas de una niña
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba ha dictado sentencia condenatoria contra un hombre que en el momento de los hechos tenía 64 años, por delitos graves contra la libertad sexual de una menor. La condena, resultado de una conformidad entre las partes, asciende a un total de nueve años de prisión por elaboración de material pornográfico y abuso sexual continuado.
Los hechos probados, que fueron aceptados por el acusado y su defensa, ocurrieron durante los meses de enero y febrero de 2019. El hombre contactó con la menor, de 14 años de edad en aquel momento. El contacto inicial se estableció a través de la red social Periscope y posteriormente mediante la aplicación de mensajería WhatsApp. Para ganarse la confianza de la menor, Sabino fingió tener 17 años y entablar una relación amorosa, cuando en realidad tenía 64 años.
La sentencia detalla las graves acciones del condenado. Con la intención de elaborar material de contenido sexual y satisfacer sus deseos, Sabino requirió a Diana que le enviara vídeos y fotos en las que apareciera desnuda, mostrando sus genitales y realizándose tocamientos sexuales, a lo que la menor accedió, enviándole varias fotografías.
Asimismo, la conminó a realizar videollamadas en directo para masturbarse con él, si bien él no conectaba su cámara. La menor accedió en varias ocasiones a tocarse y mostrar sus genitales de forma explícita, a instancias del acusado, mientras él observaba.
El proceso judicial se inició en el Juzgado de Instrucción número 2 de Montoro. La condena impuesta es la siguiente: Por un delito de elaboración de material pornográfico utilizando menores de 16 años, cinco años de prisión. Por un delito continuado de abuso sexual a menor de 16 años, cuatro años de prisión. Además, tiene prohibido acercarse a menos de 150 metros de la mejor durante los próximos 11 años y prohibido comunicarse con ella en siete años.
Además de las penas de prisión y las inhabilitaciones, el hombre deberá cumplir un período de libertad vigilada de 10 años tras el cumplimiento de las penas privativas de libertad, y se le han impuesto las costas procesales.
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