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La Audiencia confirma que la justicia militar instruya el caso de los militares muertos en Cerro Muriano

Lago de Cerro Muriano donde murieron los dos militares

Europa Press

23 de febrero de 2024 19:51 h

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La Audiencia Provincial de Córdoba ha confirmado que el caso de las muertes del cabo Miguel Ángel Jiménez Andújar, de 34 años de edad y natural de Adamuz (Córdoba), y el soldado Carlos León Rico, natural de El Viso del Alcor (Sevilla), ahogados el pasado 21 de diciembre en una maniobra en un lago de la base de Cerro Muriano, sede de la Brigada Guzmán el Bueno X, lo lleve la jurisdicción militar, en este caso el Juzgado Togado Militar Territorial número 21 de Sevilla.

Según han informado fuentes de la acusación, la Audiencia ha desestimado los recursos de las familias de los dos militares fallecidos que pedían que el caso lo llevara la jurisdicción ordinaria, tras la apertura de diligencias por parte del Juzgado de Instrucción número 4 de Córdoba, si bien el juez titular del mismo, José Luis Rodríguez Lainz, se inhibió en favor del Juzgado Togado Militar de Sevilla a mediados de enero, una decisión respaldada por la Fiscalía, que había pedido que el caso lo instruyera la justicia militar.

Al respecto, en dicha jurisdicción ya se encuentran como investigados el capitán de la compañía a la que pertenecían los militares fallecidos, un teniente y un sargento, para quienes han pedido las acusaciones prisión preventiva, en base a los artículos 215 y 216 de la Ley Orgánica Procesal Militar.

En el escrito al Juzgado Togado Militar, el letrado que representa a la viuda del cabo, Antonio Granados, expone que “es el propio Tribunal el que reconoce que estos hechos revisten caracteres de un ilícito penal de delito contra la eficacia del servicio”, de modo que, remitiéndose a los artículos 215 y 216 de la citada ley, considera que “es el momento procesal oportuno para que se decrete la prisión preventiva de los presuntos responsables”.

En este sentido, cree que existen “motivos suficientes para ello, debido a la gravedad de los hechos, y para evitar la pérdida o manipulación de pruebas --documentales o testificales-- a las que los presuntos autores pudieran tener acceso --mantienen su empleo a día de hoy-- y que pudieran ser cruciales para el esclarecimiento de los hechos”.

Además de ello, sostiene que “se cumplen escrupulosamente los requisitos exigidos en el artículo 216 de la Ley Orgánica Procesal Militar para que se estime esta petición y se decrete la prisión preventiva de los presuntos autores”.

Igualmente, el abogado que representa a los padres del cabo, Francisco José Pérez, señala en su escrito que ante “el conocimiento (claro) de hechos que pudieran ser constitutivos de delitos (de hecho se ha procedido incluso a la apertura de proceso de Sumario), e incluso con tres personas que son investigadas”, teniendo en principio el Tribunal “certeza fundada del desarrollo de unos hechos tipificados en el Código Penal Militar y estando el proceso aún en fase embrionaria”, solicitan como medida preventiva la prisión provisional, incomunicada y sin fianza para los tres investigados hasta el momento.

En concreto, lo razona en base a “no perturbar la investigación, la no destrucción de posibles elementos probatorios, la no perturbación de testificales, así como el buen desarrollo de la investigación acerca de los hechos tristemente acaecidos en la base militar de Cerro Muriano”.

Así, apunta que “esta acción se plantea como una medida previa de salvaguarda de todos los materiales, versiones, documentos, elementos gráficos, que hoy día puedan existir, y como único fin de que estos no sean destruidos o desaparezcan”, todo ello “con el único objetivo de la consecución de una instrucción 'limpia' y completa”, y el fin de “conocer la totalidad de los hechos ocurridos”.

Por tanto, entiende que “los hechos que incumben el artículo 77 del Código Penal Militar, son de suficiente entidad, gravedad e importancia, siendo estos gravemente castigados por la Ley orgánica 14/2015, como para que el Tribunal tenga a bien acceder a las medidas de carácter preventivo, todas ellas encuadradas perfectamente en los artículos 215 y 216 Ley Procesal Militar”.

Por su parte, la familia del soldado Carlos León Rico anunció a mediados de enero, a través de su abogado, que una vez declare en sede judicial el capitán responsable del ejercicio, solicitará como medida cautelar su ingreso en prisión provisional.

Defensa: “Ya se tomarán las decisiones”

Mientras, la ministra de Defensa, Margarita Robles, pidió el viernes pasado “dejar que trabajen los jueces y en función de lo que vayan decidiendo, ya se tomarán las decisiones”, tras ser preguntada por si tomarán alguna medida contra el capitán de la compañía a la que pertenecían los dos militares fallecidos, así como el teniente y el sargento, imputados los tres por la supuesta comisión de un delito del artículo 77 del Código Penal Militar contra la eficacia del servicio.

En declaraciones a los periodistas en la propia base, donde asistió a la toma de mando del nuevo general jefe de la Brigada 'Guzmán el Bueno' X, el general de brigada Fernando Ruiz Gómez, Robles expresó que “el procedimiento judicial tiene una serie de fases”, de manera que “ahora vamos a dejar trabajar a los jueces poniendo de nuestra parte todo lo necesario para que en este caso el juez que instruya o en su caso cuando llegue a instancias superiores puedan tener todos los elementos de juicio necesarios”, dijo.

Preguntada por si teme que haya habido negligencias graves en el ejercicio que acabó con la muerte de los dos militares tras la imputación de los tres mandos por la justicia militar, la ministra manifestó que, “por profesión y convicción”, cree “plenamente en la justicia”, de manera que defendió que “la justicia llegará hasta el final”.

Además, mantuvo que “la justicia, los familiares y todo el mundo tiene que saber que van a encontrar siempre la colaboración total y absoluta desde esta Brigada”, a lo que añadió que va a volver a reunirse “con los militares que ese día estuvieron en el lugar de los hechos, para que sin ningún tipo de miedo, ni corta pisa, puedan contar absolutamente la verdad y colaborar con la justicia”.

Según expuso, “el mejor homenaje que podemos hacerle al cabo y al soldado fallecido es que se llegue hasta el final en el esclarecimiento de los hechos”, al tiempo que resaltó que “la responsabilidad en su caso, si las hubiera, podrían determinarla los jueces, que son los únicos que pueden determinar responsabilidades”.

“Absoluta falta de medidas”

Entretanto, el abogado penalista Luis Romero, que representa a los padres del difunto soldado Carlos León Rico, ha explicado a Europa Press que en los “más de mil folios” de atestados elaborados por la Policía Judicial de la Guardia Civil de este caso pesan testimonios y pruebas que acreditarían una “absoluta falta de medidas de seguridad para evitar estas muertes”, señalando las declaraciones de efectivos según los cuales ante las condiciones y dificultades que afrontaban los soldados para cruzar el lago artificial, “los subalternos” del capitán aconsejaron al mismo “parar” la maniobra, decidiendo no obstante el citado mando continuar con el ejercicio.

Dicho letrado ha señalado además que está contando con la “ayuda e ilustración” de “militares de muy alta graduación” que aportan perspectivas y documentos a la acusación particular, “para que se haga justicia y no vuelva a ocurrir” una situación como la que se investiga.

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