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Las declaraciones incapacitantes bajan en Córdoba un 97% tras la aprobación de la ley que devuelve derechos al colectivo

Presentación del I Congreso Jurídico Nacional sobre Discapacidad Ciudad de Córdoba

Alejandra Luque

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Las declaraciones para incapacitar a personas con alguna discapacidad han disminuido hasta en un 97% en un año gracias a la aprobación de  la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reformó la legislación civil y procesal para el apoyo de las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica. La legislación española ha tardado 15 años en adoptar las medidas necesarias para apoyar a este colectivo ya que esta reforma obedece a la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad, celebrada en Nueva York el 13 de diciembre de 2006. 

Estas revisiones pueden ser de oficio o a instancia de particulares y el plazo para resolverlas es de un año. Al mes, los juzgados de Córdoba revisan entre 80 y 90. Este dato ha sido dado a conocer por el fiscal delegado de la Sección de Apoyo a las Personas con Discapacidad y Mayores en Andalucía, Fernando Santos, quien ha señalado que en el último año solo se han aprobado cinco incapacitaciones judiciales frente a las 175 del ejercicio anterior. “Esto demuestra que las declaraciones de incapacidades no eran necesarias, sino, simplemente”, un procedimiento que se hacía “por costumbre”. No obstante, este procedimiento se ha suprimido en la reforma, aunque hay juzgados que lo siguen aprobando en base al “desconocimiento” de la nueva ley. Además, se han eliminado instituciones de protección como la tutela, la patria potestad prorrogada o rehabilitada, y la prodigalidad.

Así, estas instituciones han sido sustituidas por la asistencia, la curatela, el defensor judicial y el guardador de hecho, que es quien, sin nombramiento judicial que le habilite para ello, cuida de la persona con discapacidad. No obstante, esta figura puede requerir de autorización judicial para una actuación concreta. A pesar de ello, el fiscal ha asegurado que la reforma legislativa ha permitido descongestionar los juzgados.

Ya en el texto normativo se anuncia que el elemento sobre el que pivota esta nueva regulación no es la incapacitación, sino el apoyo a la persona que lo precise en todo tipo de actuaciones: desde el acompañamiento amistoso, la ayuda técnica en la comunicación de declaraciones de voluntad, la ruptura de barreras arquitectónicas y de todo tipo, el consejo, o incluso la toma de decisiones delegadas por la persona con discapacidad. 

Por otro lado, la ley también dio tres años de plazo a los juzgados de España para que revisen de oficio todas las incapacitaciones. Debido a las sucesivas huelgas que han afectado al sistema judicial, como la de los letrados y la de los funcionarios, Santos ha anunciado que, en el caso de Córdoba, se pedirá una prórroga para revisar las casi 4.000 sentencias que están en vigor. “Sabemos que ese plazo no se va a cumplir y tampoco queremos correr”, ha concluido, lamentando también “hay personas que han vivido con mucho dolor su incapacitación cuando se ha producido, por ejemplo, como reacción a un noviazgo”.

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