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El policía que perdió una pierna en un accidente recurre a los tribunales para volver a trabajar

Rafa Prieto saliendo de la comisaria de Fleming | MADERO CUBERO

Alejandra Luque

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El Policía Nacional Rafael Prieto quiere volver al cuerpo. Camina con normalidad y acude al gimnasio cada día. El pasado 29 de septiembre de 2015 sufrió un grave accidente en el que, incluso, se llegó a temer por su vida. A pesar de que el primer parte médico señalaba que Prieto había fallecido, el joven sobrevivió y tan sólo perdió su pierna izquierda, que sustituyó por una prótesis biónica. Desde aquel momento, Prieto empezó a prepararse para volver al cuerpo. Sin embargo, la Dirección General de la Policía Nacional ha denegado su reingreso puesto que no ha apreciado ningún ápice de mejoría en sus condiciones psicofísicas. El próximo 18 de octubre, Prieto y su abogada -María Enriqueta Tapiador- llevará al Estado ante los tribunales para conseguir volver a su puesto de trabajo.

Poco más de nueve meses después de que Prieto se recuperara parcialmente de su accidente fue sometido a un primer tribunal médico, que le dio la categoría de “segunda actividad” y le concedió un año para “ver qué pasaba”, cuenta Tapiador. “Lo único que podría ocurrir era que mejorara y que Rafael llevara una vida totalmente normal”, declara su abogada. Cuál fue la sorpresa cuando, un año después, el segundo tribunal médico no sólo no lo declaró apto para volver al cuerpo, sino que decretó su pase a la jubilación. Según los informes, al que ha podido acceder este periódico, la única diferencia entre ambos es que el segundo hace alusión a que Prieto porta una prótesis biónica.

En su defensa, Prieto presentó un informe realizado por un médico especialista en valoración de Medicina del Trabajo que, a través de un estudio bipodal, “ha visto la intensidad de la pisada de Rafael y llega a la conclusión de que puede realizar una vida normal e, incluso, hasta carreras”. Sin embargo, el tribunal médico no tuvo en cuenta este informe, hecho que denuncian tanto Prieto como su abogada, que no entienden por qué el pase a jubilación no está argumentado con ninguna razón.

Hay que señalar que en ambos informes, el tribunal médico hace uso del Real Decreto 1.556/95 de 21 de septiembre cuando el Gobierno de aquel entonces, de Mariano Rajoy, aprobó la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional. En su artículo 46, esta nueva norma señala que los Policías Nacionales “que experimenten una disminución de sus condiciones psicofísicas cuya intensidad les impida el normal cumplimiento de sus funciones, pero no comporte el pase a la situación de jubilación o a la de segunda actividad, pasarán a realizar actividades adecuadas a dichas condiciones psicofísicas. Para apreciar esta disminución se requerirá informe del servicio sanitario”.

A este respecto, Tapiador señala que aunque el Real Decreto sigue vigente y puede usarse, “si existe una ley de mayor rango y que, incluso, hace alusión a casos como puede ser el de Rafael, ¿por qué no la usa el tribunal?”. Además, Tapiador denuncia de nuevo que los informes de los dos tribunales médicos no motivaron ninguna de sus conclusiones ya que, “incluso, hay infinidad de puestos de trabajo que Rafael puede desempeñar, como puede ser el Grupo de Análisis y Tratamiento de la Información, que se dedica a la investigación”.

Su abogada recuerda, además, que la ley recoge “el derecho de los Policías Nacionales a continuar en activo hasta la edad de jubilación, pasando a realizar actividades adecuadas a sus condiciones psicofísicas en el caso de que sufran una disminución de las mismas, con el fin de optimizar el aprovechamiento de los recursos humanos”. “El Estado no se puede permitir perder un funcionario como Rafael que ama su trabajo y que lucha por superarse día a día”, concluye Tapiador.

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