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Un padre denuncia que lleva cuatro años sin ver a su hija pese a haber sido absuelto

Puente Genil

Alfonso Alba

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El 20 de abril del año 2015 fue la última vez que Antonio (nombre ficticio) vio a su hija. Ese año, Antonio fue detenido acusado de ser el autor de un delito de violencia de género. Antonio fue juzgado en la Audiencia Provincial de Málaga por el Penal número 12 al año siguiente. Finalmente, tras el juicio, el hombre fue absuelto, según la documentación a la que ha tenido acceso este periódico. Pero desde entonces, y aunque lo ha intentado, el hombre no ha podido ver a su hija, que cree vive con su madre en Puente Genil.

El hombre, defendido por el abogado cordobés Marcos Santiago Cortés, logró que se acordaran medidas de visita para poder ver a su hija. Pero estas medidas han sido incumplidas “sistemáticamente”, según afirma el abogado de Antonio.

La sentencia absolutoria fue recurrida a la Audiencia Provincial de Málaga y la Sección Octava, en fecha 7 de noviembre de 2016, confirmó el fallo de primera instancia y absolvió igualmente al padre. “Mientras tanto, la madre impidió todo contacto con el padre”, sostiene Marcos Santiago. Tras ello, el padre interpuso una denuncia ante la Guardia Civil de Puente Genil, al considerar que es allí donde la madre y la hija podían estar viviendo con la familia de la primera.

Esta denuncia ha sido archivada en los juzgados de esta localidad en una primera vez. Sin embargo, en la segunda el juzgado se inhibió al considerar que los hechos habían ocurrido en Málaga. En días atrás, el Juzgado de Instrucción número 12 de Málaga ha vuelto a archivar las actuaciones por no revestir caracteres de delito.

Ante ello, el padre va a interponer en estos días recurso de reforma y subsidiario de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga, pues considera que “el sistemático impedimento de relación entre padre e hija traspasa el principio de intervención mínima del Derecho Penal en base al artículo 225.1 del código penal”, sostiene su abogado, que añade que además “pudiera estar sufriendo un agravio comparativo cuando la persona que sustrae al menor es un hombre”.

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