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Las naves de Colecor sólo podrán tener un uso agrícola

Rafael Gómez posa ante las naves de Colecor en la campaña electoral de 2011. | MADERO CUBERO

Alfonso Alba

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La sentencia del TSJA no entra, al no ser de su competencia, en si hay que demoler o no, pero sí en los únicos usos autorizados en la zona

Cuando Rafael Gómez Sandokán corría más que los papeles para construir, a contrarreloj, 60.000 metros cuadrados de naves industriales en la antigua Colecor tenía claro para qué le iba a servir lo que estaba edificando. Dentro, bajo dos plantas unidas por escaleras mecánicas, se instalaría un gran centro comercial para vender todo tipo de productos importados de China. Aquello fue entre 2005 y 2006. Después pasaron muchas cosas (multas, juicios, condenas por la operación Malaya), pero lo que nunca pudo imaginarse Rafael Gómez es que para lo único que le iban a acabar sirviendo las gigantescas naves que construyó es para guardar trigo, o para almacenar abono, por poner un ejemplo.

Si hay algo que deja claro la última sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) sobre las naves de Colecor es que jamás podrán usarse como un almacén comercial o incluso como una industria. Desde luego, nunca en su totalidad ni ahora, incluso, aunque se plantee una demolición parcial de la misma, como estaba previsto en el plan especial de la Carretera de Palma del Río. Las naves de Colecor, si es que algún día se usan, sólo podrán tener un servicio agrícola, y además no todo. Por ejemplo, Rafael Gómez no podrá llenar las naves de tractores o maquinaria agrícola para venderla. Eso tendría un fin comercial y lo tiene prohibido.

La sentencia del TSJA, que se produce después de la impugnación de la Junta de Andalucía, no ha satisfecho a nadie. Ni a la Junta de Andalucía, ni al Ayuntamiento de Córdoba, ni, desde luego, a Rafael Gómez. A la Junta no le ha gustado (no se ha pronunciado públicamente aún) por que el plan especial no se anula, si no dos de sus artículos, y por que tampoco entra en qué hacer con las naves. Al Ayuntamiento desde luego por que se queda en fuera de juego y no sabe muy bien qué hacer a partir de ahora, si dejar las cosas como están (con los artículos anulados del plan especial) o iniciar un tercer plan (el primero ya fue anulado en su totalidad por el Tribunal Supremo). Oficialmente, su postura es pedirle a la Junta de Andalucía que le diga qué hacer. Sin embargo, la Junta es quien tutela el urbanismo, es decir, quien vigila que las cosas se hagan bien, pero no quien decide qué urbanismo tiene que desarrollar cada municipio.

Y, desde luego, a quien menos le ha gustado la sentencia ha sido a Rafael Gómez, que tampoco se ha pronunciado públicamente aún. Si Gómez tenía alguna esperanza en poder usar algún día las naves que construyó sin permiso alguno, era, desde luego, con la aprobación de este plan especial. Aunque en público se negaba, el empresario había asumido la demolición de parte de lo construido (un 33%) para que el resto acabase siendo legal. Sin embargo, ahora, demuela lo que demuela, nunca va a conseguir tener en las naves de Colecor otro uso que no sea el agrícola por una sencilla razón: el TSJA dice que todo el entorno es un suelo no urbanizable de especial protección y que a lo único que se puede dedicar es a la agricultura.

Pero hay más. Sobre el papel, las naves no son de Rafael Gómez, si no del Banco Popular, que las embargó antes que nadie para ejecutar una hipoteca impagada. Si hay alguien que tiene que decidir qué hacer con la inmensa mole que se construyó en la antigua fábrica de Colecor es precisamente el Banco Popular, si es que también espera, algún día, cobrar lo que le debe Rafael Gómez.

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