Una jueza condena a Bankia por daños psicológicos al vender preferentes
La magistrada considera probado que la mujer que firmó las participaciones, de 65 años, sufrió daños morales graves al comprobar que no podría disfrutar de sus ahorros
La titular del Juzgado de Primera Instancia número seis de Córdoba ha condenado a la entidad financiera Bankia al pago de una indemnización a un matrimonio de la ciudad por la venta de participaciones preferentes. Según la sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, se declara la nulidad de unas participaciones preferentes condenando a la entidad a devolver su importe más los intereses. Sin embargo, el fallo (a la demanda interpuesta por el bufete Dueñas Rort Abogados) también condena a Bankia a indemnizar a los clientes por el daño moral sufrido (sufrimiento psíquico).
Según consta en la sentencia, la jueza condena a Bankia (antigua CajaMadrid) a pagar una indemnización de 6.000 euros a la mujer que suscribió las participaciones preferentes, de 65 años y sin estudios primarios, tras haber sufrido ésta un cuadro de ansiedad. La magistrada considera que esa patología procede de la venta de estas preferentes.
Los hechos juzgados ocurrieron en 2009 y en 2011. Según la sentencia, la mujer suscribió dos participaciones preferentes cuando pensaba que se trataba de un depósito a plazo fijo. El primero lo firmó en 2009 por 6.800 euros. El segundo, en 2011, por 5.800 euros. La jueza considera probado que la mujer sufrió un cuadro de ansiedad severo a causa de tomar conciencia de que no podría disfrutar de sus ahorros para su vejez. Por eso, impone una sanción de 6.000 euros a Bankia.
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