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Expulsan del funcionariado a la secretaria de un ayuntamiento condenada por estafa

Vista panorámica del municipio de Obejo.

Redacción Cordópolis

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La ministra de Política Territorial y Función Pública, Meritxell Batet, ha resuelto declarar “la pérdida definitiva de la condición de funcionaria de administración local con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría-Intervención”, para la exsecretaria del Ayuntamiento de Obejo, que fue condenada el pasado año por estafa en una nómina.

Así lo recoge el Boletín Oficial del Estado (BOE) del pasado 18 de octubre, consultado por Europa Press, y en el que la resolución de la ministra se justifica “de acuerdo con la sentencia, de 30 de mayo de 2017, dictada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba”, que condenó a la exsecretaria, por la comisión de un delito de estafa, a la pena de un año de prisión e inhabilitación especial para el desempeño de secretaria-interventora de administración local durante el tiempo de la condena, al considerar probado que se abonó a sí misma un anticipo de nómina no autorizado.

Tras ello, la Audiencia ha remitido al Ministerio de Política Territorial y Función Pública la “liquidación de condena de inhabilitación especial para el desempeño de secretaria/interventora de administración local, practicada en relación con la ejecutoria 28/2018, procedimiento abreviado 1177/2016”.

Ante ello, la ministra ha resuelto, de acuerdo con la legislación aplicable al caso, que “la pena de inhabilitación especial impuesta judicialmente comporta para la afectada la pérdida definitiva de la condición de funcionaria de administración local con habilitación de carácter nacional”.

La sentencia

Según recoge la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, los magistrados, además de condenar a la exsecretaria por el delito de estafa, que le ha supuesto la pérdida definitiva de su condición de funcionaria, la absolvieron de los delitos de falsedad, malversación de caudales públicos y prevaricación por los que también fue juzgada, todo ello después de que la alcaldesa del Ayuntamiento de Obejo denunciase a la secretaria, tras conocerse los hechos.

Al respecto, se da por probado que al menos desde los meses de septiembre y octubre de 2015 la condenada, sin antecedentes penales, ha ejercido el cargo de secretaria interventora del Ayuntamiento, y que el día 1 de octubre la alcaldesa le remitió una resolución a través de la que aprobaba el gasto de personal del mes de septiembre, que ascendía a 36.332 euros, para que emitiera el informe de fiscalización. Se trataba de un listado de los trabajadores, de sus documentos nacionales de identidad, de sus números de cuenta bancaria y de la cantidad a percibir.

El día 5 de octubre de ese año, la condenada cursó una solicitud por escrito a la alcaldesa en la que le exponía que “además del abono” de su nómina del mes de septiembre de 2015, solicitaba que le abonaran, “anticipadamente” a cuenta de su nómina del mes de octubre de 2015, “el importe de 1.000 euros”, dado que necesitaba “realizar varios pagos sin demora”, según apuntó.

Tal petición, según se señala en la sentencia, “fue verbalmente denegada por la alcaldesa” y, ante ello, el 8 de octubre la secretaria efectuó “un extenso y minucioso informe de reparos al gasto de personal mencionado”, que remitió a la alcaldesa “sin firma”. Ese mismo día, la primera edil contestó a tal informe de reparos “ordenándole la firma del documento de pago de nóminas, que ha de ir a la entidad bancaria correspondiente”.

Entonces, la condenada supuestamente confeccionó una orden de pago de nóminas del mes de septiembre para dirigirla a la entidad, con la mayor parte de los datos que contenía el documento que le había remitido la alcaldesa, aunque “aparece una nueva casilla” correspondiente a la secretaria con un importe de 1.000 euros y “desaparece una casilla” correspondiente a otra trabajadora, con un importe de 26,64 euros, según explican los jueces, quienes indican que el importe total de gasto es de 37.905,38 euros.

De este modo, el día 9 de ese mes se cursó la orden de pago confeccionada por la acusada “después de haber sido firmada por la alcaldesa, por la tesorera y por ella misma”. Todos los trabajadores que aparecen en tal orden de pago, incluida ella, reciben una transferencia a su favor por las cantidades que constan en la misma. Luego el Ayuntamiento le detrajo 1.000 euros de una nómina posterior.

Por su parte, la ya exsecretaria-interventora manifestó ante los magistrados que tenía autorización verbal de la Alcaldía, al tiempo que defendió que no había alterado “ningún documento” y subrayó que en los pagos se cumplía “con la normativa”, y que el citado dinero se le descontó de su nómina posteriormente.

Cabe recordar que la Fiscalía había pedido penas de cinco años y tres meses de prisión, tres años de inhabilitación y una multa de 3.600 euros, mientras que la acusación había solicitado cuatro años de cárcel, 13 años de inhabilitación y una multa de 2.700 euros, y la defensa la absolución.

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