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La Agencia de Protección de Datos publica por error la identidad de una denunciante cordobesa

El responsable provincial de Facua en Córdoba, Francisco Martínez Claus.

Redacción Cordópolis

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La asociación de consumidores Facua de Córdoba ha denunciado la publicación de la identidad de una denunciante , una de sus socias, por parte de la Agencia de Protección de Datos. Facua ha comunicado al delegado de protección de datos de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)  la publicación por error de la identidad de la mujer.

Según informa en una nota, en una resolución firmada por la directora de la AEPD, Mar España, aparecían el nombre y los dos apellidos de una socia de Facua Córdoba que presentó una denuncia contra una empresa a través de la asociación. El documento, publicado esta semana, era accesible a través del buscador de la web de la Agencia.

Tras la comunicación de Facua al delegado de protección de datos de la Agencia, el organismo ha activado de inmediato el protocolo de actuación que establece el artículo 33 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que da un plazo de 72 horas para hacerlo. En este sentido, ha sustituido el documento subido a su web por otro en la que se ha eliminado la identidad de la usuaria.

Máxima ejemplaridad

Facua señaló al delegado de protección de datos de la AEPD que, al tratarse de un error cometido por el propio organismo que vigila el cumplimiento de la normativa de protección de datos, debe actuar con la máxima ejemplaridad y comunicar de inmediato lo ocurrido a la afectada.

El RGPD establece en su artículo 34 la obligación de comunicar al afectado cuando la brecha de seguridad “suponga un alto riesgo para sus derechos y libertados”. Aunque la Agencia ha estimado que en este caso no se ha dado este alto riesgo, ha atendido la solicitud de la asociación ha decidido notificar su error a la usuaria como medida de transparencia.

Asimismo, la asociación ha solicitado información sobre el número de resoluciones de la AEPD en los que se habría producido este tipo de error en los últimos años y las medidas que van a adoptarse al respecto para evitar que vuelva a publicarse la identidad de un denunciante cuando se trate de una persona física.

A diferencia del resto de resoluciones publicadas en la web de la AEPD, en la que ha sido objeto de la comunicación de Facua al organismo se incluía el nombre completo de la persona física que planteó la reclamación, dato que se indicaba en uno de sus párrafos, mientras que en el resto se la mencionaba con las iniciales genéricas “A.A.A.”, con lo que Facua considera evidente que se ha tratado de un error.

Dado que no existía ninguna justificación para publicar el nombre de la denunciante ni ésta lo había autorizado, Facua entiende que la Agencia ha incurrido en una vulneración del deber de confidencialidad establecido en el artículo 5 del RGPD y en el artículo 5 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

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