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Absueltos los acusados de amañar un examen de bomberos

Vista por el juicio por el supuesto amaño en las oposiciones a bombero | MADERO CUBERO

Alfonso Alba

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La Sección Tercera de la Audiencia Provincial considera que “la absolución no equivale a inocencia” y que existen “sospechas o conjeturas de que en algún momento del proceso selectivo la neutralidad pudiera haberse quebrado”

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba ha absuelto a los procesados en la investigación por posible amaño de una oposición al cuerpo de Bomberos en el Ayuntamiento de Córdoba por falta de pruebas e indicios sobre la confabulación entre ellos, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

Como resalta la sentencia, “la absolución no equivale a inocencia, existiendo sospechas o conjeturas de que en algún momento del proceso selectivo la neutralidad pudiera haberse quebrado, pero sin que pueda atribuirse a persona alguna una clara e inequívoca connivencia para favorecer a determinados opositores. Ello permite afirmar que las acusaciones no han sido temerarias y, en consecuencia, debe rechazarse la imposición de costas a las mismas postulada por las defensas de los acusados”.

La Fiscalía Provincial acusaba a dos miembros de la Junta de Personal del Ayuntamiento de CCOO, M. T. C. y Ó. L. C, de delitos de prevaricación, revelación de secretos y tráfico de influencias; y a siete bomberos que consiguieron plaza -J. E. B., J. D. L., L. A. N., F. P. P., J. L. R. G., J. R. H. y M. Á. R. H.- de un presunto delito de tráfico de influencias, aprovechamiento de información privilegiada y prevaricación.

El juicio, en el que los acusados negaron los hechos, se celebró en la Audiencia Provincial a principios de este mes de marzo. Los hechos juzgados se remontan al mes de octubre del año 2007, cuando se convocó un proceso selectivo para la dotación de 25 plazas de bomberos en el Ayuntamiento de Córdoba. Las oposiciones se celebraron entre los años 2008 y 2009, sin que nadie impugnase las bases, según recuerda la sentencia.

El fallo asegura que durante el juicio “no se ha acreditado que dichos acusados conocieran con anterioridad las preguntas del examen ni que hayan sido favorecidos por los acusados”. “Tampoco consta que haya existido algún tipo de connivencia entre aquéllos y terceras personas con la referida finalidad”, añade la sentencia.

“En definitiva, la exhaustiva investigación criminal realizada y la prueba desarrollada en el plenario, no permite sustentar un pronunciamiento de culpabilidad contra los acusados, pues sus imputaciones se han quedado en suposiciones o sospechas de confabulación para favorecer a determinados candidatos, pero cuya solidez es más que discutible, del mismo modo que también lo fue en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, en el que tampoco obtuvieron los querellantes satisfacción a sus pretensiones”, añade el fallo.

El Ayuntamiento de Córdoba también ha sido absuelto ante la posible responsabilidad civil que se le reclamaba, según consta en el fallo de la sentencia, sobre la que se puede imponer un recurso de casación en el plazo de cinco días.

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