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Absuelto tras ser sorprendido con 115 gramos de marihuana y decir a la Policía que tenía más en casa

Plantas de marihuana | PIXABAY

Manuel J. Albert

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El titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Córdoba ha absuelto a un hombre al que la Policía Nacional sorprendió con 115 gramos de marihuana en el bolsillo, momento en el que la persona reconoció a los agentes que tenía más en casa. Efectivamente, cuando los policías entraron en el domicilio con el permiso del acusado encontraron siete macetas cada una de ellas con una planta de marihuana con una altura aproximada de 10 centímetros, así como cinco magnetos térmicos, tubos de extracción de aire, dos ventiladores y focos de iluminación artificial para favorecer el cultivo.

En su sentencia, el juez no considera que esté probado que el acusado, tal y como afirmaba el Ministerio Público, infiriese en un delito contra la salud pública por tráfico de drogas. Para empezar, al acusado se le dio el alto en la calle por un tema de exceso de velocidad mientras circulaba con su vehículo. Pero en el caso “no consta la existencia de investigaciones policiales previas en el que figuren declaraciones de supuestos clientes o denuncias de persona conocida” sobre tráfico de drogas.

Asimismo, el magistrado destaca “la propia colaboración del acusado, accediendo voluntariamente a entrar en su domicilio y entregándoles [a los agentes] la sustancia cultivada y su material propio”. Para el juez, “ello descarta que la cantidad fuera de especial importancia para que pudiera dedicarse a la venta a terceros”.

Por otro lado, en la sentencia se deja claro que “en la intervención no apareciço ningún tipo de balanza, ni cuadernos de notas en el que se reflejen supuestos ingresos ni tan siquiera aparece [dinero en] metálico fruto de tal actividad [tráfico de drogas]. Incluso los propios agentes que intervinieron en la entrada en la finca declararon que no procedieron a la incautación del material intervenido”.

Por ultimo el juez concluye que “el acusado afirmó ser un consumidor habitual de dicha sustancia sin que se haya observado el mas mínimo síntoma de riqueza que permita sospechar que trafica habitualmente con sustancias prohibidas”. En definitiva, el magistrado observa “una duda razonable” que determina “en virtud del principio in dubio pro reo el dictado de una sentencia absolutoria”.

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