Metáfora del semáforo rojo
La Junta carece de medidas coercitivas para aplicar la ley
El reglamento general de circulación obliga a los conductores a detener su vehículo ante un semáforo en rojo. Es una orden taxativa de obligado cumplimiento. Si los conductores no respetaran la norma, las ciudades y las arterias principales del país se hundirían en un caos circulatorio gigantesco. Los accidentes de tráfico se multiplicarían y los atascos colapsarían la vida de millones de ciudadanos.
Ahora imaginen que la Dirección General de Tráfico y los ayuntamientos dijeran que no disponen de instrumentos coercitivos para aplicar la ley. Es decir: que la misma entidad que promulga una norma de carácter imperativo se encoje de hombros cada vez que un conductor se salta un semáforo en rojo.
Eso es precisamente lo que acaba de admitir el delegado provincial de Cultura y Turismo en Córdoba, el señor Eduardo Lucena. Su Consejería decretó en enero de 2015 que los guías turísticos acreditados por la comunidad autónoma podían acceder a todos los bienes integrantes del Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz para ejercer su actividad profesional.
Esa es la norma. Otra cosa es su aplicación práctica. Todos los monumentos del Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz abren sus puertas a los guías turísticos legalmente acreditados. Para ser exactos, 2.448 bienes protegidos. Todos menos uno. La Mezquita de Córdoba. Por razones difíciles de explicar, el Cabildo Catedralicio, administrador del conjunto monumental mientras no se diga lo contrario, se salta el semáforo rojo de obligado cumplimiento e impone a los guías un examen propio por la gracia de dios.
La Agencia de la Competencia y de la Regulación Económica dictaminó que la doble habilitación que exige de manera unilateral el señor obispo a los guías turísticos es una “restricción al acceso y ejercicio de una actividad económica de prestación de servicios”. El dictamen fue emitido el 5 de agosto de 2025 e instaba a la Junta de Andalucía a tomar medidas para cumplir la ley y acabar con el veto episcopal al libre ejercicio de la actividad profesional de los guías.
El señor Lucena, por lo visto, leyó atentamente el dictamen y lo guardó en un cajón de su despacho. Hasta que hace una semana un sagaz periodista de Cordópolis lo desempolvó del olvido y lo sacó a la luz para vergüenza de la ley de transparencia. ¿Por qué no obliga la Junta de Andalucía al Cabildo Catedralicio a cumplir la normativa sobre guías turísticos?, le preguntó tiernamente el redactor. Porque la Junta “carece de medidas coercitivas” para aplicar su propia ley, respondió con todo su cuajo el responsable público.
El reglamento general de circulación obliga a los conductores a detener su vehículo ante un semáforo en rojo. Es una orden taxativa de obligado cumplimiento. Para todos los ciudadanos, menos para el señor obispo y sus canónigos. Para ellos, según se ve, el señor Lucena no dispone de instrumentos coercitivos para que obedezcan la ley como cualquier hijo de vecino. Desde ese punto de vista, queridos contribuyentes, nada nuevo bajo el sol.
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