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El 74% de los extranjeros residentes legalmente en Córdoba no podrán votar el 26M

Elecciones Generales 2019 | ALEX GALLEGOS

Carmen Reina

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Los vecinos de Córdoba que son extranjeros pero residen legalmente en la capital y la provincia lo tienen más que difícil para poder votar en las próximas elecciones municipales del 26 de mayo. La normativa restringe el derecho al voto para estas personas hasta el punto de que solo el 74,8% de los extranjeros que viven en Córdoba y tienen sus papeles en regla podrán acudir a las urnas el 26M.

En la provincia de Córdoba, según datos del Ministerio de Trabajo avanzados por eldiario.es, residen legalmente un total de 27.072 personas de otros países. De ellas, solo 6.817 -el 25,2%- tienen derecho a votar para decidir quién será su próximo alcalde o alcaldesa.

Esta es la población extranjera mayor de 18 años con certificado de registro o tarjeta de residencia en vigor que cumple todos los requisitos ara poder votar. Frente a ellos, otros 20.255 extranjeros residentes en Córdoba, vecinos en cada uno de sus municipios, no tienen reconocido el derecho al voto para estas elecciones.

Requisitos y restricciones

Se trata de personas que han llegado a Córdoba desde distintos países y residen en la capital u otros municipios. Y que se encuentran con varios escalones de un largo camino para poder obtener el derecho al voto. La normativa establece una primera condición para poder votar: solo pueden participar los inmigrantes procedentes de los 27 países comunitarios y de terceros estados que hayan firmado con España un acuerdo recíproco en este ámbito, es decir, donde también se permita votar a los españoles que vivan en aquellos países.

Así las cosas, actualmente, podrían votar en Córdoba los extranjeros residentes y empadronados que provengan de la Unión Europea y de otros doce países con los que existe el citado acuerdo: Bolivia, Cabo Verde, Chile, Colombia, Corea del Sur, Ecuador, Islandia, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay, Perú y Trinidad y Tobago. De entrada, ya se quedan fuera del camino hacia el derecho al voto los extranjeros de comunidades tan presentes en España como marroquíes, chinos o rumanos.

Pero la normativa tiene más escalones. Además de llegar desde alguno de los países citados, solo tienen derecho a voto los ciudadanos que residan en España desde hace más de cinco años. Y, además, deben inscribirse en el censo electoral para hacerlo. Si a los españoles se les remite de oficio la información sobre su inclusión en el censo electoral y los datos para poder ejercer el derecho al voto, los extranjeros deben acudir a apuntarse al censo con más de cuatro meses de antelación a la cita con las urnas para que sea efectivo su derecho.

Todos estos requisitos y pasos hacen que, según una estimación, apenas un 10% de la población inmigrante total pueda votar en las próximas elecciones en el conjunto del país. El paso más directo para lograr el derecho al voto es alcanzar la nacionalidad española, otro camino específico que, si se consigue, otorga automáticamente la posibilidad de votar.

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