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El nuevo sargento investigado en Cerro Muriano dice que avisó al capitán de que el agua “cubría”

El abogado Luis Romero, que representa a la familia del soldado fallecido Carlos León a su llegada al Juzgado Togado

Europa Press

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El Tribunal Militar Segundo, con sede en Sevilla, ha acogido este lunes la comparecencia del nuevo sargento investigado en la causa que tramita el Juzgado Togado Central número dos, con sede en Madrid, por la muerte del soldado Carlos León Rico, natural de El Viso del Alcor (Sevilla); y del cabo Miguel Ángel Jiménez Andújar, natural de Adamuz (Córdoba), en un ejercicio acometido el pasado 21 de diciembre en la base militar cordobesa de Cerro Muriano.

Se trata del sargento Castroviejo, cuya comparecencia fue atrasada la semana pasada, cuando declararon como investigados dos coroneles, un teniente coronel y un comandante, según el abogado penalista y doctor en Derecho Luis Romero, que representa a la familia del difunto soldado Carlos León Rico.

Más al detalle, el coronel Tostón Méndez y el teniente coronel Zanfaño Hidalgo comparecieron directamente ante el Juzgado Togado Central número dos, con sede en Madrid; mientras el coronel Navarro González y el comandante Velasco lo hicieron en el Tribunal Militar Segundo, con sede en Sevilla, pero siempre con relación a las actuaciones que tramita la primera de estas instancias judiciales.

También la semana pasada declaraban, ya por segunda vez y también en calidad de investigados, el capitán Ignacio Zúñiga Morillas y el teniente Jaime Tato Garrido; toda vez que en esta causa también figuran en esa condición de investigados el sargento Gustavo Álvarez Estupiñán; cuya exclusión de la causa pide este letrado; y el sargento Castroviejo, el último militar en ser llamado a la causa.

Este sargento, según el abogado Luis Romero, ha contestado exclusivamente a las preguntas de su defensa y de la Fiscalía y ha contado cómo por orden del capitán Zúñiga y mediación del teniente Tato instaló la “cuerda guía”, que no línea de vida, para el fatídico ejercicio de cruce del lago artificial de la base de Cerro Muriano, saldado con las dos citadas muertes. Al respecto, este investigado habría manifestado que se trataba de una cuerda que podía “servir de impulso en algún momento para una persona, pero no más”, según ha narrado el letrado.

Además, el letrado ha informado de que este sargento habría narrado que preguntado expresamente por el capitán, le confirmó que la lámina de agua superaba la altura corporal humana, o sea que el agua “cubría” y los efectivos no harían pie al realizar el ejercicio.

En el auto del juzgado del Juzgado Togado Militar número 21 de Sevilla de inhibición ante el Juzgado Togado Central, la citada instancia judicial expone que de lo actuado sobre el fallecimiento del soldado León Rico y del cabo Jiménez Andújar el pasado 21 de diciembre durante un ejercicio de cruce de un lago artificial en la base Cerro Muriano, “en principio se pudiera considerar que el fatídico resultado producido tuvo su origen en que las medidas de seguridad empleadas en orden a la correcta realización del ejercicio programado no cumplieron la función pretendida”.

Según el juez instructor, “en relación al ejercicio en una especie de lago artificial con una extensión de aproximadamente 2.200 metros cuadrados, por el capitán Zúñiga al momento de elevar a la superioridad el programa del periodo de instrucción en el que se incluía la actividad de cruce de río, no se hizo apreciación o valoración alguna respecto de aspectos muy importantes para realizar el ejercicio de forma segura y correcta, como son los consistentes en el punto en el que se iba a cruzar el lago y la extensión del recorrido; si era necesario nadar o no, para realizar el mismo -extremo este muy importante, pues de lo actuado resulta que para el ingreso como militar del Ejército de Tierra no se solicita a los aspirantes la superación de prueba de soltura acuática alguna-, pues no había previsión alguna en este sentido sobre la profundidad del tramo a recorrer-; o si se iba a emplear algún medio de flotación por los intervinientes en el ejercicio; o cualesquiera de las medidas de seguridad a emplear en su ejecución”.

Además, el juez instructor señala que “tampoco se advirtió nada en este sentido ni por el jefe de la Plana, ni por el coronel jefe de Regimiento al momento de realizar la labor de supervisión y autorización del ejercicio, tal y como resulta del informe del Estado Mayor de la Defensa y del informe del jefe del Regimiento La Reina Número Dos, en los que se recoge los cometidos respectivos de supervisión y autorización del ejercicio”.

De este modo, según el Juzgado Togado Militar número 21, la maniobra fue emprendida “sin contar con las medidas de seguridad necesarias para su realización, extremo que pasó inadvertido tanto por el capitán Zúñiga al momento de su planificación, como por sus superiores al momento previo de su ejecución, pues no hubo supervisión alguna en este sentido ni por el teniente coronel José Luis Zanfaño Hidalgo ni tampoco por el coronel Daniel Ángel Tostón Méndez”.

“Tampoco existió supervisión alguna al momento de su ejecución (del ejercicio), lo que competía al jefe del Regimiento La Reina, el coronel Manuel Navarro González, quien en fecha 15 de diciembre de 2023 relevó en el mando al coronel Tostón-, debiendo ser auxiliado, por el jefe de la Plana de Mando destinado a la fecha de realización del ejercicio el 21 de diciembre de 2023, que en base a lo manifestado por el capitán Zúñiga debía ser el comandante que a la referida fecha se encontraba como jefe de PLMM en sustitución del coronel Zanfaño”, precisaba el juez instructor.

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