Multa de 3.300 euros para un hombre por mostrar su pene a una niña durante un perol navideño en Córdoba
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba ha condenado a un hombre por un delito de exhibicionismo y otro leve de maltrato de obra tras unos hechos ocurridos a finales de 2022. El tribunal ha impuesto al acusado una multa de 3.600 euros -3.300 por el primer delito y 300 por el segundo- y una indemnización de 1.00 euros para la víctima, una menor de 12 años.
Según la sentencia a la que ha accedido este medio, facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, los hechos ocurrieron el 29 de diciembre de 2022 en una parcela en Córdoba capital durante un pero. Al caer la tarde, los niños presentes se resguardaron del frío en el interior de la vivienda de la finca. Según los hechos probados, mientras la menor se encontraba en el salón agachada cargando su móvil, el acusado salió del baño y le tiró fuertemente de la trenza para obligarla a mirar hacia atrás, mostrándole su pene, que asomaba por fuera de la bragueta.
Tras el incidente, el acusado salió de la vivienda manifestando que “se había equivocado” y pidió perdón a los presentes. La menor, por su parte, salió del inmueble llorando y buscando a su padre, quien corroboró el estado de nerviosismo de su hija.
Durante el juicio, la acusación particular solicitó inicialmente una condena por agresión sexual en grado de tentativa. Sin embargo, el tribunal ha considerado más adecuado el encaje penal de exhibicionismo obsceno ante menores, además de un delito leve de maltrato de obra por el tirón de pelo, que no llegó a causar lesiones a la niña.
En el juicio, la defensa del acusado alegó que el procesado se equivocó de persona, afirmando que su intención era realizar una “broma” a una amiga adulta y que la confundió con la menor. No obstante, el tribunal ha rechazado este argumento, señalando que, según los testigos, la mujer adulta se encontraba fuera de la casa en ese momento y que el acusado debía ser consciente de que en el interior solo estaban los niños.
En la sentencia se han aplicado dos atenuantes analógicas: la de embriaguez, al quedar acreditado que el acusado había consumido alcohol y marihuana durante la jornada; y la de confesión, por haber reconocido implícitamente los hechos al pedir perdón inmediatamente después de su ocurrencia.
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