El juicio por el asesinato de un hombre a manos de su cuñado en Las Moreras será en octubre
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Córdoba ha señalado el próximo 19 de octubre como la fecha de inicio de las sesiones del juicio contra el acusado de acabar con la vida de su cuñado en Las Moreras. El proceso se llevará a cabo bajo el procedimiento del Tribunal del Jurado y, aunque en un principio se ha previsto una sola sesión, existe la posibilidad de que se amplíen los días de juicio.
Los hechos se remontan al mediodía del 3 de abril de 2025 en la calle Poeta Luis Rosales. Según el relato del fiscal, R.R.E. se encontró con su cuñada y su hija, iniciándose una discusión por motivos familiares que derivó en un enfrentamiento con la esposa del acusado (su cuñada). Tras un forcejeo y gritos entre ambos, la situación pareció calmarse momentáneamente cuando la mujer de la víctima intervino para separar a los contendientes y llevarse a su marido hacia su domicilio.
Sin embargo, cuando la pareja pasaba por delante del inmueble donde residía el acusado, este salió “sorpresivamente” de su vivienda armado con una navaja de grandes dimensiones, según el relato de los hechos de la Fiscalía. En ese instante, y “sin que la víctima pudiera defenderse, J.M.P. le asestó una puñalada en el tórax que le atravesó el pulmón y el corazón, causándole la muerte instantánea”, sostiene el Ministerio Público.
Tanto la Fiscalía como la acusación particular han calificado los hechos como un delito de asesinato. Además de la pena de cárcel, solicitan diez años de libertad vigilada y el pago de indemnizaciones que superan los 195.000 euros para la viuda y unos 38.000 euros para cada uno de sus hijos, entre otras cantidades para la madre y hermanos del fallecido.
Por el contrario, la defensa de J.M.P. ha rechazado la calificación de asesinato y sostiene que se trata de un homicidio. La defensa asegura que el acusado confesó los hechos ante la Policía Nacional y que actuó bajo una fuerte conmoción psíquica al ver que su mujer había sido agredida previamente por la víctima. Asimismo, alegan que el procesado se encontraba bajo los efectos de una medicación que alteraba sus capacidades y que actuó movido por un “miedo insuperable” y en legítima defensa.
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