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Confirman ocho años y medio de cárcel a un hombre por abusar de su sobrina de 5 años

Fachada del TSJA.

Redacción Cordópolis

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado una sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba que condena a ocho años y seis meses de cárcel a un joven de 32 por un delito continuado de abuso sexual y otro continuado de exhibicionismo de material pornográfico sobre su sobrina de entre unos cinco y seis años de edad en el momento de los hechos.

Según recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el Alto Tribunal ha acordado desestimar el recurso de apelación interpuesto por la representación del procesado contra la resolución de la Audiencia Provincial de septiembre de 2019, por lo que confirma la misma, si bien cabe interponer recurso de casación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS).

Además de las penas de cárcel, el acusado ha sido condenado a una orden de alejamiento sobre la menor durante ocho años, seis meses y un día, al tiempo que la indemnizará en la cantidad de 20.000 euros “por los daños y perjuicios causados”.

Entre los fundamentos jurídicos, los magistrados del TSJA apuntan que “el acusado ha dado explicaciones confusas, contradictorias y opuestas en ocasiones a la realidad de los hechos contrastados por otras vías”.

En concreto, se da por probado que el joven, cuando tenía entre 23 y 24 años, al menos durante 2012 y 2013 estuvo casado con una mujer, viviendo con ella y con sus dos hijos en una casa de vecinos de la capital cordobesa, en la que vivía también la hermana de su mujer y su familia, de la que formaba parte una hija, nacida en febrero de 2007.

Las relaciones de esta menor con la familia de su tía eran “muy buenas, siendo constante la presencia de la niña en casa de esta, en la que se quedaba a dormir con frecuencia”, según se señala en la sentencia de la Audiencia, que recoge que “en varios días no determinados durante los años 2012 y 2013, con ocasión de encontrarse los dos solos”, el acusado “mostró a la menor películas y escenas de contenido pornográfico, tanto a través de la televisión de la casa como a través del teléfono móvil”.

También en ese tiempo y en diversas ocasiones, el procesado cometió los abusos sexuales. A consecuencia de los hechos, la menor manifestó diversos síntomas asociados a las vivencias y a su tío, de manera que “desde el día 4 de mayo de 2017 y durante diez meses recibió asistencia profesional especializada que consiguió remitir la sintomatología”, según se detalla en la sentencia.

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