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La Audiencia tumba el último intento de Sandokán por mantener en alquiler sus antiguas fincas de Sierra Morena

Finca de Sandokán expropiada por Cajasur

Alfonso Alba

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La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Córdoba ha desestimado el último intento del grupo empresarial de Rafael Gómez, alias Sandokán, por mantener aunque sea en alquiler las fincas de Sierra Morena que le fueron embargadas en Sierra Morena. En concreto, se refiere a dos de las fincas cinegéticas más importantes de toda Sierra Morena en el término municipal de Córdoba, Castropicón y La Porrada. Ambas son ya de Cajasur, después de desahuciar a Gómez tras una serie de impagos. También se extienden por Almodóvar del Río.

Los tres jueces de la Sección Primera le han dado la razón, a su vez, al Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, que consideró “fraudulento” el intento de Gómez de mantener el arrendamiento durante los próximos 30 años de las dos fincas.

El conflicto judicial se abrió entre sociedades mercantiles. Gestiones Agropecuarias Castropicón y La Porrada perteneciente a Rafael Gómez y su familia, y Viana Activos Agrarios SL a Cajasur. Las dos fincas eran propiedad de la empresa Mezquita Sur Inversiones (una compañía a nombre de Gómez) pero gestionada por Gestiones Agropecuarias. De hecho, a principios del siglo XXI ambas empresas firmaron un contrato de arrendamiento anual de unos 200.000 euros. En febrero de 2006, Mezquita Sur Inversiones hipotecó las fincas gracias a un préstamo que Gómez firmó con Cajasur. En 2010, Mezquita Sur firmó un nuevo arrendamiento con Gestiones. Así, fijó una renta de 28.000 euros el ejercicio durante 30 años por las fincas rústicas, y otro de 127.000 euros por la explotación cinegética, también durante 30 años.

Los problemas financieros obligaron a Gómez a novar la hipoteca con Cajasur en 2012. Pero los impagos provocaron su desahucio y posterior subasta. Pero aunque lo intentó, Cajasur no encontró compradores. Por eso, en 2017, la entregó a la empresa Viana Activos Agrarios SL, que es la encargada de comercializarla y de buscar a un futuro inversor. La finca siguió ocupada por Gestiones hasta que en 2018 un juez ordenó que debía abandonarla.

No obstante, esta empresa inició un proceso judicial para hacer valer sus derechos y, sobre todo, el contrato de arrendamiento firmado por 30 años y que a su juicio seguiría vigente. Gestiones sostenía que pagaba la renta religiosamente y que además percibía derechos comunitarios, como el pago anual de la PAC. “Ahora bien, la pertenencia de la arrendadora y arrendataria al mismo grupo empresarial no es el único dato que ha servido para llegar a la conclusión de la actuación fraudulenta en la celebración de los contratos de arrendamientos, sino que se trata de una circunstancia que junto a otras que han resultado acreditadas en el procedimiento, han llevado a la conclusión por parte del juzgador sobre el carácter fraudulento de la celebración de los contrato de arrendamiento”, sostienen los jueces de la Sección Primera.

“Frente al contrato inicial en el que se fijaba una renta de 200.000 euros anuales, en los dos contratos de 2010 se fija una renta total de 165.000 euros al año, lo que supone una importante minoración en el precio de la renta”, señala la Audiencia. Además, durante el juicio se presentó un informe de un perito judicial, que aseguraba que “la renta anual normal de mercado para la arrendamiento rústico sería de 145.357,19 euros y para la arrendamiento cinegético de 150.000 euros, lo que supondría un total de 295.337,19 euros”, prácticamente el doble.

Por todo ello, la Audiencia desestima el intento de Rafael Gómez por mantener al menos la gestión de estas fincas cinegéticas. Eso sí, contra el fallo aún cabe recurso ante una instancia superior.

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