Los supermercados tienen prohibido desde este jueves la venta a pérdida y las promociones engañosas
Supermercados e hipermercados tendrán prohibido desde este jueves la venta a pérdida y las promociones engañosas de productos tras la entrada en vigor del paquete de medidas aprobado esta semana por el Gobierno para garantizar unos precios justos a los agricultores y ganaderos y aliviar así la crisis del campo.
En concreto, el Real Decreto-ley que contempla medidas urgentes para mejorar la posición negociadora y lograr el justo reparto de los costes generales del sector primario a lo largo de la cadena alimentaria, con sanciones más reforzadas, se ha publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y entrará en vigor este jueves.
Así, en la nueva norma se consideran graves infracciones que antes eran leves, como no formalizar por escrito los contratos alimentarios, no incluir el precio o realizar modificaciones en el precio.
Además, se consideran como infracciones graves la destrucción de valor en la cadena alimentaria, así como realizar actividades promocionales que induzcan a error sobre el precio e imagen de los productos.
De esta forma, los establecimientos comerciales que vendan productos alimentarios de forma reiterada a un precio inferior a los costes de producción en España incurrirán en una falta muy grave cuya sanción está fijada entre 100.000 euros y un millón de euros.
“Se prohíbe la destrucción de valor en cada elemento de la cadena, ni la industria ni la distribución podrán vender por debajo del precio que haya costado producirlo, con la excepción de productos perecederos para evitar el despilfarro alimentario”, afirmó ayer Planas, quien ha insistido en que no se producirá un incremento de precios al consumidor.
Por su parte, la modificación en la Ley del IRPF para mejorar la tributación en este impuesto de los jóvenes que reciben las ayudas a la primera instalación en los programas de desarrollo rural de las comunidades autónomas surtirá efecto desde el 1 de enero de este año.
Con esta modificación se garantiza una mejora del tratamiento fiscal, ya que se permitirá imputar en cuatro años los importes recibidos en las ayudas a la primera instalación, de forma que el impacto fiscal no se concentre en el año en que se reciben, lo que incentiva la apuesta por el relevo generacional.
Asimismo, según la norma publicada en el BOE, la reducción a 20 del número de jornadas necesarias en el campo para el acceso al subsidio por desempleo en Extremadura y Andalucía será de aplicación a las solicitudes presentadas a partir de este jueves y hasta el 31 de diciembre de 2020, inclusive.
Además de la obligatoriedad de tener en cuenta los costes de producción en los contratos, la prohibición de establecer precios por debajo del coste de producción, la regulación de las promociones comerciales para evitar la banalización de los productos agrarios y la publicidad de las sanciones para los agentes que hayan cometido infracciones graves o muy graves, el Gobierno reforzará el papel de la Agencia de Inspección y Control Alimentarios (AICA) y se compromete a incrementar su presupuesto y dotación de personal.
Además, el Ejecutivo, a través del Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico, tramitará con carácter de urgencia, dos líneas de ayuda, por importe de 60 millones de euros para la instalación de fuentes de energía renovables en agricultura y ganadería, así como para la aplicación de medidas de eficiencia energética en regadíos e instalaciones agrarias.
Además de las acciones recogidas en el Real decreto-ley, el Gobierno ha propuesto a las organizaciones agrarias convocantes de las manifestaciones, Asaja, COAG y UPA, un paquete adicional para responder a las demandas planteadas, que cubre los siguientes ámbitos: formación de los precios a lo largo de la cadena de valor, seguros agrarios, presupuesto de la PAC, coste energético de las explotaciones agrarias, fiscalidad, financiación, costes laborales, reciprocidad de las importaciones de terceros países y regadíos.
0