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Ya es oficial: los comercios del distrito Centro abrirán domingos y festivos durante cinco meses

Un comercio del Centro

Alejandra Luque

2 de octubre de 2025 10:47 h

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La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía ha aprobado una modificación significativa de la Zona de Gran Afluencia Turística (ZGAT) de Córdoba, que afecta directamente a la libertad de horarios comerciales en la ciudad. A través de una resolución, publicada este jueves en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, el Gobierno andaluz ha decidido restringir el área con libertad horaria al Distrito Centro y limitar el periodo de aplicación a los meses de marzo, abril, mayo, septiembre y octubre**.

Esta decisión modifica la resolución anterior del 23 de febrero de 2023, que establecía como ZGAT todo el término municipal durante la Semana Santa y los meses de abril, mayo, septiembre y octubre. El cambio llega tras un procedimiento iniciado a petición del propio Ayuntamiento de Córdoba el 20 de febrero de 2025.

La principal novedad es la delimitación territorial, que ahora se circunscribe al Distrito Centro. La Junta justifica esta medida en datos objetivos: esta zona concentra el 88,6% de los Bienes de Interés Cultural (BIC), el 79% de los hoteles y más del 65% de las viviendas de uso turístico del municipio, siendo el área de mayor afluencia de visitantes. El nuevo perímetro queda comprendido entre avenida del Corregidor, avenidade Vallellano, Paseo de la Victoria, avenida Cervantes, avenida de América (desde los jardines de la Agricultura hasta el aparcamiento de la Diputación), avenida de los Piconeros, avenida de los Almogávares, calle Ronda del Marrubial, avenida de Barcelona, avenida de Libia (desde la esquina con avenida de Barcelona hasta calle Campo Madre de Dios), calle Campo Madre de Dios, calle Ronda de los Mártires, Paseo de la Ribera, Ronda de Isasa y avenida del Alcázar.

La tienda de Silbon, en Cruz Conde

En cuanto al calendario, la libertad horaria se aplicará durante los meses de marzo, abril, mayo, septiembre y octubre. La justificación se basa en los datos de pernoctaciones del Instituto Nacional de Estadística (INE) del año 2024, que muestran que estos meses superan significativamente la media anual de pernoctaciones (138.875). La resolución argumenta que este periodo incluye los dos grandes eventos culturales que sustentan la declaración de ZGAT: la Semana Santa y la Fiesta de los Patios.

Desacuerdo con el Ayuntamiento

El proceso no ha estado exento de debate. El Ayuntamiento de Córdoba, aunque conforme con la nueva delimitación territorial al Distrito Centro, presentó alegaciones el 8 de agosto de 2025 para que el periodo de libertad horaria se restringiera únicamente a la Semana Santa y los meses de abril, mayo y octubre.

El Consistorio argumentó que incluir marzo de 2024 “distorsionaba” los datos, ya que la celebración de la Semana Santa en ese mes disparó las pernoctaciones de forma excepcional. Sin embargo, la Secretaría General de Empresa y Trabajo Autónomo rechazó esta alegación, demostrando con datos de 2023 que marzo también superó la media anual de pernoctaciones de ese año, incluso sin acoger la Semana Santa. De igual forma, se justificó la inclusión de septiembre, que también superó la media de pernoctaciones en 2023 y 2024.

La administración andaluza defendió que la media de pernoctaciones debe usarse como referencia, pero no como una “ecuación matemática”, y que solo se han incluido los meses con un incremento “significativo”, excluyendo noviembre a pesar de superar ligeramente la media.

Tras desestimar estas objeciones, la Dirección General de Comercio remitió al Ayuntamiento una propuesta de resolución el 10 de septiembre de 2025, abriendo un nuevo plazo de diez días para que presentara más alegaciones si lo consideraba oportuno. El Ayuntamiento de Córdoba presentó, en tiempo y forma en el registro de la Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Córdoba, alegaciones a dicha propuesta, que también fueron desestimadas. En un primer momento, la Junta había informado que el Consistorio no había recurrido el documento.

La nueva declaración de ZGAT tiene vigencia indefinida, siempre que se mantengan las circunstancias que la motivaron.

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