Un informe en el que se apoya el Ayuntamiento para no comprar tres cines de verano no descarta que pueda gestionarlos
Uno de los informes sobre los que el Gobierno municipal del PP ha venido apoyando su negativa a comprar los cines de verano Delicias, Fuenseca y Olimpia para mantener su actividad de exhibición de películas no concluye que el Ayuntamiento no pueda hacerse cargo de esta actividad. Al contrario, el documento expone los procedimientos legales que tendría que seguir el Consistorio si decidiera convertir las proyecciones cinematográficas en un servicio público o si optara por explotarlas como una actividad económica.
El informe, firmado por el secretario del Pleno, José Alberto Alcántara León, tiene fecha del pasado 23 de mayo. Es decir, llegaba más de dos meses después de que el Ayuntamiento notificara formalmente su renuncia al derecho de tanteo sobre los tres cines, que pasaron a ser propiedad del empresario Antonio Amil. El alcalde, José María Bellido, comunicó esa decisión el 10 de marzo, apenas una semana después de recibir la oferta de venta por parte de los propietarios, por lo que este documento no pudo fundamentar aquella resolución. Queda por ver el contenido de un presunto informe jurídico previo que, según dicen desde el Ayuntamiento, no aconsejaba ejercer el derecho de tanteo y retracto.
Lo que sí hace este documento es analizar las distintas posibilidades jurídicas que tendría el Ayuntamiento para intervenir en la actividad. En primer lugar, considera que la explotación de unos cines de verano constituye una actividad económica cuando existe venta de entradas y proyección comercial de películas. A partir de ahí, explica que el Ayuntamiento podría desarrollarla como cualquier otra actividad económica pública, siempre respetando las condiciones de competencia y sostenibilidad financiera previstas en la legislación.
En este escenario, el Ayuntamiento podría prestar el servicio utilizando sus propios recursos corporativos, creando entidades públicas bajo su control o usando algunas de las que ya tiene. Todo tendría que estar fundamentado paso a paso, pero es una posibilidad que el informe pone sobre la mesa, aunque con matices relevantes: señala expresamente que “no procede” intentar aplicar el artículo 15.5 de la Ley del Cine, que prevé la colaboración (y posible financiación) de la Administración estatal o autonómica para la creación de salas municipales y advierte de que la eventual empresa pública que los llevara no puede “gozar de privilegios de ningún tipo” frente al resto de la industria del ocio, ya que hacerlo “podría impedir, restringir o falsear el juego de la libre competencia del mercado”.
Gestión indirecta
Pero el informe también contempla una segunda posibilidad: que el Ayuntamiento declare el cine de verano como un servicio público. En ese caso, señala que sería necesario tramitar el procedimiento previsto en el artículo 86 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, con una memoria justificativa, informes económicos y la aprobación por el Pleno municipal. En ningún momento afirma que esa declaración sea jurídicamente imposible, sino que exige cumplir el procedimiento legal establecido. Además, el secretario recuerda que, una vez declarada la actividad como servicio público, el Ayuntamiento no estaría obligado a gestionarla directamente con personal municipal.
Así, el informe recoge expresamente las distintas fórmulas de gestión previstas en la legislación, entre ellas la gestión indirecta mediante un tercero, un modelo habitual en numerosos equipamientos públicos. Esta posibilidad contrasta con la explicación ofrecida en los últimos días por el presidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo, Miguel Ángel Torrico, quien justificó la negativa municipal asegurando que el Ayuntamiento no podía comprar “una librería o una zapatería” y preguntándose si el Consistorio tendría entonces que contratar a un proyeccionista, un taquillero y un acomodador.
El informe jurídico, sin embargo, no limita la gestión a esa fórmula directa, sino que contempla expresamente la posibilidad de encomendar la explotación del servicio a un tercero. Para llegar a este punto, la ley exige tramitar un riguroso expediente reglado. Este procedimiento requiere, según el informe, la creación de una Comisión de estudio que redacte una memoria justificando los aspectos sociales, jurídicos, técnicos y financieros del proyecto.
También habría que demostrar que la iniciativa “no genera riesgo para la sostenibilidad financiera del conjunto de la Hacienda municipal”, incluir un análisis de mercado exhaustivo sobre la oferta, la demanda y los posibles efectos sobre la competencia empresarial local y aprobar el proyecto mediante el Pleno de la Corporación Local, que sería el encargado de determinar “la forma concreta de gestión del servicio”. Una vez aprobado, la gestión indirecta se articularía “mediante las distintas formas previstas para el contrato de gestión de servicios públicos” recogidas en la Ley de Contratos del Sector Público.
El documento, de hecho, deja claro que corresponde a los poderes públicos decidir qué actividades consideran servicio público, siempre que concurran razones de interés general y se respeten los principios de proporcionalidad y sostenibilidad económica. Es precisamente esa decisión política la que el Gobierno municipal ha descartado. El propio Torrico (y con posterioridad el alcalde de Córdoba, José María Bellido) reconocían la semana pasada que más que los cines, le interesaban “los solares” del Delicias, el Fuenseca y el Olimpia, al entender que el uso principal de esos espacios debería ser deportivo, social o como isla climática, dejando las proyecciones cinematográficas como una actividad meramente residual.
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