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La Iglesia aspira a zanjar el debate de la Mezquita tras el último informe

Interior de la Mezquita. | MADERO CUBERO

Redacción Cordópolis

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El Cabildo espera que la no admisión del Ministerio de Hacienda a la denuncia por usurpación del monumento que hizo un particular contribuya a aclarar “la confusión generada sobre la titularidad del templo”

El Cabildo de la Catedral de Córdoba valora de forma muy positiva el informe elaborado por la Dirección General de Patrimonio del Estado del Ministerio de Hacienda, en el que rechaza la denuncia presentada por un particular por la presunta “usurpación” que la Iglesia hizo del monumento al inmatricularlo en el Registro de la propiedad. En un comunicad, el Cabildo “espera que este informe contribuya a aclarar la confusión generada desde distintos ámbitos en torno a la titularidad del templo”.

La Iglesia defiende que el informe de Hacienda “refrenda las tesis defendidas por el Cabildo de la Catedral de Córdoba en torno a la titularidad eclesiástica del templo”. Para ello, la Dirección General de Patrimonio del Estado basa su argumentación tanto en razones jurídicas como históricas. En concreto, el Cabildo destaca este pasaje del informe de la Dirección de Patrimonio del Estado que señala textualmente que el monumento no es un bien estatal: “De acuerdo con el informe de la Delegación de Economía y Hacienda en Córdoba, el inmueble conocido como Mezquita-Catedral de esa ciudad no está incluido como bien de titularidad estatal en el Inventario General de Bienes y Derechos del Estado, ni tampoco consta antecedente alguno relativo al citado monumento en la documentación en el archivo de la Delegación”.

Y Hacienda da un paso más al señalar directamente a la Iglesia como dueña del edificio milenario. “Desde el inicio de los trabajos de implantación del catastro de urbana en Córdoba, a primeros de los años 70 el inmueble en cuestión ha tenido un único titular catastral, siendo éste el Obispado de la Diócesis de Córdoba”.

Asimismo, Hacienda destaca que “la Abogacía del Estado ya señala que nadie cuestiona que Fernando III el Santo, tras la conquista de Córdoba en el año 1236, decide que la Mezquita sea consagrada y convertida en Catedral de la ciudad, y desde entonces la Iglesia es quien gestiona la misma, si bien colaborando con la misma en su conservación y mantenimiento, ya en la época moderna tanto el Estado como otras administraciones públicas, y ello dada su condición de bien de patrimonio histórico (…)”. Y añade el informe, “así resulta de otros documentos incorporados al expediente del Convenio de Colaboración suscrito entre la Junta de Andalucía y el Cabildo Catedralicio el 19 de diciembre de 1991, en el cual se reconoce al Cabildo como titular del monumento, que se cita como Catedral de Córdoba, antigua Mezquita”.

Por último, el informe aclara que “la Abogacía del Estado no considera necesario llevar a cabo ninguna actuación jurídica a la vista de que la inmatriculación de la Catedral de Córdoba en el Registro de la Propiedad mediante la Ley Hipotecaria no hace sino lograr la concordancia entre el Registro y la realidad jurídica”.

Sobre la Unesco

Por otro lado, y ante las informaciones publicadas recientemente sobre la posibilidad de que la Unesco otorgue al monumento como bien de Valor Universal Excepcional, dentro de la próxima reunión que mantendrá el Comité de Protección Mundial en Doha (Catar), el Cabildo “prefiere esperar a la celebración de este encuentro, si bien considera muy acertado que se refuerce la protección del monumento y valora muy positivamente que se reconozca explícitamente que el ”uso religioso del templo por parte de la Iglesia [que no se cita en dicho informe] durante los últimos siglos haya asegurado la preservación del monumento“.

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