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La Guardia Civil investiga a un camionero que sextuplicaba la tasa de alcoholemia

Alcoholímetro | MADERO CUBERO

Redacción Cordópolis

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La Guardia Civil del Subsector de Tráfico de Córdoba investiga al conductor de un camión articulado tras arrojar en la prueba de alcoholemia un resultado de 0.89 mg/l de alcohol en aire espirado, sextuplicando el índice permitido. El vehículo circulaba a las 4:30 horas de este jueves por la autovía A-4 en sentido Madrid a la altura del kilómetro 420 cuando una patrulla observó una conducción irregular del mismo, por lo que decidió dar el alto para comprobar el estado del conductor.

Cuando los agentes detuvieron el vehículo percibieron un notorio olor a alcohol en la cabina del camión, además de observar también que el conductor tenía habla pastosa y mostraba síntomas de agotamiento. Al realizarle la prueba de alcoholemia esta arrojó un resultado final de 0.89 mg de alcohol por litro de aire espirado, tasa seis veces superior a la máxima permitida para conductores de este tipo de vehículos.

El conductor, de 43 años de edad, realizaba un transporte desde la localidad de Sevilla hasta Alcalá de Henares (Madrid) cuando fue detectado y se enfrenta a un delito contra la Seguridad Vial, recogido en el artículo 379.2 del Código Penal, que puede ser castigado con la pena de prisión de tres a seis meses, con multa de seis a doce meses o con trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo entre uno y cuatro años.

La tasa máxima permitida para conductores de vehículos en general es de a 0,25 miligramos de alcohol por litro de aire espirado. Cuando se trata de vehículos destinados al transporte de mercancías con una masa máxima autorizada superior a 3.500 kilogramos, vehículos destinados al transporte de viajeros de más de nueve plazas, o de servicio público, al transporte escolar y de menores, al de mercancías peligrosas o de servicio de urgencia o transportes especiales, la tasa máxima es de 0,15 miligramos por litro, al igual que los conductores de cualquier vehículo durante los dos años siguientes a la obtención del permiso o licencia.

Si la tasa supera los 0.60 mg/l como en este caso, se abandona la vía administrativa para pasar a la vía penal, pudiendo el conductor ser condenado por el delito antes indicado. A partir de tasas superiores a 0.75 mg/litro, el riesgo de sufrir un accidente puede multiplicarse hasta por 15.

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