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Las empresas tendrán que hacer PCR a los trabajadores sociosanitarios que vuelvan de vacaciones

Profesionales del hospital Reina Sofía de Córdoba.

Redacción Cordópolis

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Una de las medidas nuevas que ha introducido Andalucía en de la última orden publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) de este domingo es la realización de pruebas PCR a los trabajadores sociosanitarios que vuelvan de vacaciones o que sean nuevos contratados.

El decreto, publicado este domingo y que entra en vigor este mismo lunes, recoge las medidas aprobadas el jueves en el Consejo Interterritorial, y también aborda esta cuestión, competente al ámbito laboral del sector sociosanitario, uno de los más expuestos al coronavirus.

En concreto, en relación a los trabajadores sociosanitarios, según se recoge en el BOJA, se modifica la letra a) del punto 6 del apartado sexto de la Orden de 19 de junio de 2020, que queda redactado de la siguiente manera: “Las empresas serán las competentes para evaluar el riesgo de exposición de las personas trabajadoras en cada una de las tareas diferenciadas que realizan y en los distintos escenarios en los que se puedan desarrollar”.

Asimismo, habrán de seguirse las recomendaciones que sobre el particular emita el servicio de prevención de riesgos laborales, siguiendo las pautas y recomendaciones formuladas por las autoridades sanitarias, según ha explicado también en un comunicado la Junta. En todo caso, estas personas trabajadoras que regresen de permisos y vacaciones, así como los nuevos trabajadores que se incorporen al centro, tendrán que tener realizada PCR para Covid-19 con resultado negativo con 72 horas de antelación como máximo“.

El incumplimiento de las medidas publicadas en la orden quedará sujeto al procedimiento de la actividad inspectora y el régimen sancionados y sanciones establecidos en el Decreto-ley 21/2020, de 4 de agosto, por el que se establece el régimen sancionador por el incumplimiento de las medidas de prevención y contención aplicables en Andalucía ante el Covid-19.

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