El Banco de Alimentos podrá distribuir comida en los colegios donde se dan menús a escolares en exclusión
El Ayuntamiento de Córdoba y el Banco de Alimentos Medina Azahara han firmado un convenio de colaboración para la distribución de alimentos durante la declaración del estado de alarma como consecuencia de la pandemia provocada por el coronavirus Covid-19, especialmente para el plan de Solidaridad y Garantías Alimentarias (SYGA).
Según recoge dicho convenio, el Consistorio, “con la finalidad de ayudar en las tareas de distribución de alimentos a las familias más desfavorecidas y necesitadas de la ciudad”, pone a disposición del Banco de Alimentos Medina Azahara la red de colegios públicos abiertos en estos momentos para el desarrollo del plan SYGA.
Al respecto, el objetivo es que “las entidades que habitualmente colaboran con el Banco en la distribución de esos productos puedan utilizarlos para las tarea de distribución gratuita de alimentos, artículos de limpieza y productos de higiene corporal”.
Corresponde al Banco de Alimentos la designación de las entidades que, en cada uno de los centros escolares, se encargará de la distribución de alimentos y productos de limpieza e higiene personal, comunicando al Ayuntamiento el nombre de la entidad y responsable de la misma a efectos de contacto.
Los alimentos y productos de limpieza e higiene personal serán facilitados por el Banco de Alimentos a las distintas entidades beneficiarias y transportados por éstas a los centros escolares desde donde serán distribuidos.
Tanto las tareas de transporte, como las de distribución serán llevadas a cabo directamente por las entidades beneficiarias, sin intervención alguna de personal municipal, al que solo corresponde las funciones de determinación del lugar desde donde se repartirán los productos, apertura y cierre del centro escolar, y facilitar las condiciones necesarias para que estas actividades se lleven a cabo.
Las distintas entidades beneficiarias, a través del Banco de Alimentos, comunicarán al Consistorio los días y horario de distribución de productos, que deberán coincidir con los días y horas en que los colegios estén abiertos para el cumplimiento del plan SYGA.
Además, corresponde a las entidades beneficiarias del Banco de Alimentos la organización de la distribución y la colocación de los productos en el lugar destinado previamente para ello por el responsable del centro, disponer del personal necesario para las tareas de transporte, colocación y reparto, así como para la retirada de los envases y envoltorios sobrantes, quedando dichos espacios en las condiciones previamente determinadas.
Herramienta digital vía web
Asimismo, el Ayuntamiento asume las funciones de apertura y cierre de los centros desde los cuales se van a distribuir los alimentos, la designación en ellos de un espacio suficiente para desarrollar la tarea y, en su caso, para el depósito de los productos desde su recepción en el centro hasta su distribución e incluso, si fuese necesario, un espacio para el depósito de los que no se hayan repartidos un día y deban quedar para su distribución al siguiente, siempre que se disponga de los medios para ello, sobre todo en cuanto a productos perecederos se refiere.
Igualmente, el Consistorio comunicará al Banco los nombres de cada uno de los responsables de los centros para las tareas de coordinación, al tiempo que colaborará en las tareas de difusión de este programa y en la búsqueda de colaboradores para el mismo.
Al respecto, el Ayuntamiento dispondrá de una herramienta digital vía web en la que aglutinará la información actualizada de las entidades colaboradoras con el Banco de Alimentos, con el apoyo de telellamada y con ello colaborar a la coordinación entre Banco de Alimentos, entidades colaboradoras y los voluntarios que acompañen esta acción.
En concreto, el presente convenio se dirige solo a la colaboración entre instituciones para la distribución de alimentos, sin que conlleve prestación económica alguna por parte del Ayuntamiento.
El presente convenio se mantendrá en vigor mientras dure la situación actual provocada por la declaración de pandemia por contagio del Covid-19, pudiendo ser prolongada por mutuo acuerdo de las partes, atendiendo a las circunstancias económicas del sector poblacional al que el mismo se dirige. En ningún caso podrá exceder de los máximos legales.
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