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El juez Caballero rehúsa separar a Estepa de la administración concursal del Córdoba CF SAD

Junta general ordinaria de accionistas del Córdoba CF SAD | ÁLEX GALLEGOS

Rafael Ávalos

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La actividad continúa con absoluta normalidad en El Arcángel. También en la Ciudad Deportiva, donde prosiguen los entrenamientos de los distintos equipos. Desde tiempo atrás, al fin, el fútbol cuenta sobre sí con el principal foco de atención. Sin embargo, tal y como se avisara semanas atrás, la resolución definitiva a favor de Unión Futbolística Cordobesa (UFC) en cuanto a la adquisición de la unidad productiva del Córdoba CF SAD y su inscripción en la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) no cierra los diversos frentes judiciales en torno a la sociedad original. Como muestra aparece otro auto de Fernando Caballero, magistrado al cargo del caso de la entidad blanquiverde en el Juzgado de lo Mercantil número 1. En esta ocasión el juez firma disposición para rehusar la separación de Francisco Estepa de la administración concursal abierta con motivo del procedimiento iniciado en noviembre, lo que en su momento solicitara Bitton Sport -empresa de Luis Oliver y Joaquín Zulategui-.

En concreto, Fernando Caballero dictaminó acerca del asunto el pasado lunes, día 5 de octubre. Fue entonces cuando firmó la parte dispositiva para rechazar que Estepa fuera apartado de la administración concursal del Córdoba CF SAD. “Debo desestimar la petición de separación de la administración concursal formulada […] en representación de Bitton Sport SL”, señaló sin más en la parte fundamental del texto. Eso sí, el magistrado, que sustituyó al titular del Juzgado de lo Mercantil número 1, Antonio Fuentes, tras la recusación de éste en febrero, hizo saber que contra el auto “cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días”. Un plazo éste que, dada la fecha en que se ha conocido la resolución del juez, está próximo a expirar.

Según ha podido saber CORDÓPOLIS, la solicitud de Bitton Sport contó con adhesión de otras partes afectadas en el proceso concursal del Córdoba CF SAD. Acerca de la petición que realizaron en su día Luis Oliver y Joaquín Zulategui a través de la citada sociedad, Fernando Caballero recordó en su auto el argumento utilizado para reclamar la separación de Francisco Estepa en este caso. “Fue nombrado administrador judicial de la concursada por parte del Juzgado de Instrucción número 5 de Córdoba y posteriormente el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Córdoba lo nombró administrador concursal, poniéndose de manifiesto la situación de conflicto de intereses que funda la incompatibilidad del cargo de administrador concursal”, expuso.

A hora de tomar una decisión, el juez señaló que “se obvia la especial figura y naturaleza jurídica del administrador judicial”. “No es un administrador social, no tiene naturaleza societaria, es una institución de naturaleza cautelar y designación judicial que desempeña las funciones de control de la sociedad que le atribuye la resolución judicial de la que deriva su nombramiento”, prosiguió Fernando Caballero en su auto. Circunstancias éstas que describió para estimar que no existía el mencionado conflicto de intereses. De hecho, el magistrado quiso apuntar que incluso “puede resultar conveniente, para una mejor gestión del procedimiento concursal y penal, que la designación de ambas funciones recaigan en la misma persona”.

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