Urbanismo critica la falta de lealtad institucional de la CHG respecto a su papel en Las Jaras
El presidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo Salvador Fuentes ha mostrado “su extrañeza” por la nota de prensa emitida por la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG) en la que urge al Ayuntamiento a que asuma la titularidad del vertido de Las Jaras para garantizar el saneamiento y la depuración de la red de aguas.
“Sorprende que la CHG remita una nota de prensa relativa a un requerimiento efectuado al Ayuntamiento para un tema tan complejo como es el de los vertidos en Las Jaras. Hubiera sido deseable un gesto de lealtad institucional y haber convocado una reunión para abordar este asunto”, ha indicado Fuentes en un comunicado en el que afirma que “no sorprende la actitud de la CHG, que, desde hace años y de forma injustificada, requiere que sea este ayuntamiento, a través de Emacsa o la Entidad Urbanística de Conservación de Las Jaras los que se hagan cargo de estos vertidos”.
Y ello, a su juico, “no es posible”. Por un lado -explica el presidente de Urbanismo- porque “la asunción por parte de Emacsa requiere previamente de un acuerdo plenario y, además, porque no puede hacerse cargo directamente de unas instalaciones deficientes por parte de la empresa obligadas al ciclo integral del agua”.
Fuentes ha indicado que esta situación supondría repercutir sobre todos los cordobeses las deficiencias y posibles negligencias de las empresas promotoras. De la misma manera, la Entidad Urbanística de Conservación no puede ni debe hacerse cargo de unas instalaciones cuya ejecución no les correspondió. En el Censo Nacional de Vertidos, que se puede consultar en la web de la CHG, se puede comprobar que la autorización de vertidos también puede otorgarse a entidades públicas o privadas, personas físicas o jurídicas, distintas de un Ayuntamiento.
En este sentido, el presidente de la GMU ha indicado que “lejos de buscar una solución conjunta, la CHG ha abierto en los últimos años varios expedientes sancionadores al Ayuntamiento por filtraciones de vertidos, pero, curiosamente, ”para realizar la toma de muestras citaba a los empleados de las empresas titulares de la red y no al Ayuntamiento“.
En este sentido, el último pronunciamiento judicial al respecto es la sentencia de fecha 7 de noviembre de 2019, dictada por el TSJA en el recurso 762/2017, en el que se anula la sanción impuesta por la CHG al Ayuntamiento y se le impone las costas del proceso (600 euros). Indica esta sentencia que la CHG no puede ignorar que la titular de estos vertidos es Javiaras. No se tiene constancia de que durante estos años la CHG haya abierto expedientes sancionadores a las empresas propietarias de la red de agua de Las Jaras.
“Debe recordarse que Las Jaras, suelo urbano consolidado, es un suelo que se urbanizó en base a un convenio urbanístico de 1985, aprobado por el Pleno. Con posterioridad a la aprobación y entrada en vigor de la Ley Reguladora de Bases del Régimen Local; y en la que el promotor privado ejecutaba toda la urbanización y era responsable tanto del abastecimiento del agua como del saneamiento”, afirma Fuentes, que enumera los sucesivos reconocimientos que ha hecho la CHG en este sentido.
Asimismo, recuerda que la CHG requirió a la GMU en el año 2017 para que no otorgase más licencias en Las Jaras, lo que “está provocando numerosos perjuicios a los propietarios de solares”. En este ámbito, la nota rememora que, “con fecha de julio de 2018, se solicitó informe jurídico a la Secretaría Técnica de la CHG sobre este asunto que, dos años después, todavía no se ha emitido, habiéndolo recordado en varias ocasiones. La secretaría técnica es el único departamento de la CHG, según sus estatutos, que puede elaborar los informes jurídicos”.
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