Urbanismo, condenado a pagar 1,4 millones a la Junta
La sentencia del juzgado de lo Contencioso, número 3, obliga al organismo autónomo, que dio la callada por respuesta, a abonar una factura impagada por las obras de alcantarillado de la Ronda Oeste
Nueva sentencia condenatoria contra la Gerencia Municipal de Urbanismo. El juzgado de lo Contencioso, número 3 de Córdoba ha condenado al organismo autónomo al pago de 1,4 millones de euros a la Junta de Andalucía. El motivo no es otro que una factura impagada por las obras de adaptación de servicios e infraestructuras, en concreto de alcantarillado, en la Ronda Oeste. El fallo judicial conlleva además la condena expresa en costas para la GMU y, según el informe de los servicios jurídicos, se recomienda acatar el pago y no recurrir, aunque hay posibilidad de ello ante el TSJA.
En ese informe, el letrado realiza una cronología de las actuaciones que dan origen a la deuda con la Administración Regional. Todo arranca en el año 2001 cuando Gerencia y Junta suscriben un convenio para la ejecución de las obras de reposición de los servicios e instalaciones municipales afectados por la construcción de la Ronda Oeste. Según ese acuerdo, las reformas serían acometidas por la Junta, a través de GIASA (Gestión de Infraestructuras de Andalucía SA).
Dado el volumen de las reformas, se acordó dividir los trabajos en tres expedientes administrativos. En 2001 y 2003 fueron presentadas y abonadas por parte de la Gerencia facturas por importe de 679.307 y 173.205 euros. Los problemas llegan con el expediente número 2, redactado en su día por Emacsa y que, al ser remitido el proyecto por GIASA a la GMU para su aprobación, y el organismo no se pronuncia “incumpliendo con su deber de actuar”, tal y como establecía el convenio firmado en su día.
Pese a ello, la obra se realiza y, siempre según el informe del letrado municipal,“con el conocimiento, seguimiento y conformidad, en cuanto a su ejecucion e importe, de esa GMU, por lo que el impago del importe de la obra ejecutada, aun motivado por la omision de un tramite formal al que estaba obligada, comportaría un enriquecimiento sin causa para esta Administration”.
Se opta por no contestar
En ese informe, el abogado resume el proceso judicial que, una vez presentada la demanda por parte de la Junta, se paraliza, a petición del letrado, en enero de 2014 “al entender que la actuación de la Administración Local podría no estar ajustada a derecho y proceder a la satisfacción extraprocesal de las pretensiones del demandate”. Esto es, pagar la factura y evitar el juicio. Esto se transmite, el día 24 de ese mes, al consejo de la GMU.
Sin embargo, el plazo de suspensión judicial sigue su ritmo y concluye sin que haya pronunciamiento por parte de la GMU. “Conforme con el director de Hacienda y Gestión, se acuerda no contestar a la demanda al estar negociándose un acuerdo transaccional entre ambas administraciones”, reza el escrito del letrado que concluye que ante la falta de pago y de respuesta llega la previsible sentencia por la que se condena a Urbanismo.
Una vez concretada la cantidad, poco más de un millón de principal y casi 400.000 euros de intereses, la opinión de los servicios jurídicos municipal es no presentar recurso ante el TSJA, ante “la fundada motivación jurídica y la evidencia de los hechos acreditados que hacen prácticamente irrefutables su argumentación”.
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