Transportes solicita personarse en la causa de Adamuz para recuperar las indemnizaciones que ya ha adelantado
El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha solicitado a la titular del juzgado de Instancia número dos de Montoro personarse “en calidad de actor civil” en la causa que instruye el accidente ferroviario de Adamuz, en el que murieron 46 personas y resultaron heridas 155.
El escrito, firmado por la Abogacía del Estado, sostiene que la solicitud de personación se hace al amparo del decreto de ayudas a las víctimas de los accidentes ferroviarios de Adamuz (Córdoba) y Gélida (Barcelona). El decreto anticipón las eindemnizaciones por responsabilidad civil. La norma contempla que “el Estado se subrogará en la titularidad de los derechos de crédito derivados de las indemnizaciones que en su caso se declaren en favor de los beneficiarios previstos” en el decreto.
La personación tendrá ahora que ser admitida por la jueza, Cristina Recover, que instruye una causa que acumula ya varios tomos y que avanza muy lentamente por su complejidad. También por la gran cantidad de personaciones que ha tenido que resolver.
Un total de 136 solicitudes de indemnizaciones a víctimas y familiares de fallecidos en el accidente ferroviario de Adamuz (Córdoba) han sido ya aprobadas desde que el 3 de febrero el Gobierno central abriera el plazo de solicitud de ayudas destinadas a ofrecer un respaldo económico no reembolsable e inmediato a las víctimas y a familiares de fallecidos. De las 136 peticiones aprobadas, 18 ya han sido abonadas y 118 están aprobadas provisionalmente -72 corresponden a familiares de fallecidos y 46 a heridos-, pendiente de que finalice el plazo de diez días otorgado a los solicitantes para que presenten alegaciones a las mismas, según datos oficiales.
Los beneficiarios son personas que viajaban en los trenes accidentados y el personal ferroviario que se encontraba a bordo (maquinistas, personal de a bordo o en formación) y que resultaron heridos; y los familiares de las personas fallecidas, de acuerdo con el orden y los criterios establecidos en la normativa aplicable. El procedimiento prevé una ayuda directa y no reembolsable en los supuestos de lesiones y fallecimiento, así como un anticipo de las indemnizaciones por responsabilidad civil.
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