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La fiscal del crimen de Sagunto retira uno de los delitos, pero mantiene el de asesinato

Juicio a los acusados de asesinar a un hombre en el barrio de Sagunto

Alejandra Luque

10 de junio de 2026 13:55 h

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El juicio del crimen de Sagunto en el que perdió la vida Rafael en su piso de la calle Reina Mercedes ha quedado visto para veredicto del jurado. La Fiscalía ha modificado levemente su escrito de conclusiones provisionales, eliminando el delito de robo con violencia para los acusados. De esta forma, el autor confeso del crimen, R., y J. se enfrentan a 20 años de prisión por un delito de asesinato y tres años por uno de robo con violencia, mientras que la fiscal ha pedido para M. diez años por asesinato y tres por el delito de robo con violencia.

En la tercera y última sesión del juicio por este crimen, el jurado solo ha escuchado a los procesados R. y M., que han respondido exclusivamente a las preguntas de su abogada, mientras que J. se ha negado a declarar. Además, R. y M. han hecho uso de la última palabra. El procesado ha pedido perdón a la familia de Rafael y ha vuelto a insistir en que no era su “intención” acabar con su vida, sino que se “estresó y se bloqueó” ante lo que supuestamente vio: que Rafael estaba agrediendo sexualmente a su novia. Por su parte, la procesada también ha pedido disculpas a la familia, reiterando que ella no escuchó “nada” durante la agresión que acabó con la vida de este vecino de la zona de Sagunto.

Previo a que los procesados pudieran ejercer su derecho a la última palabra, las acusaciones y las defensas han elevado a definitivas sus conclusiones. Como ya se ha mencionado anteriormente, la Fiscalía ha modificado las suyas, aunque muy levemente, mientras que la acusación particular ha mantenido sus penas de prisión. Por otro lado, la defensa de R. ha insistido en que los hechos responden a un delito de homicidio doloso y ha introducido el arrebato u obcecación intensa. Además, esta misma letrada ha pedido la libre absolución para M.

En último lugar, la defensa de J. ha pedido que su cliente sea absuelto de los dos delitos que solicita la Fiscalía, pero ha introducido una modificación. En el caso de que quede demostrada su participación como cómplice en los hechos, ha interesado cinco años de prisión por un delito de homicidio y una multa de 180 euros por un delito leve de hurto. Además, ha pedido que se aplique la atenuante de drogadicción.

Juicio a los acusados de asesinar a un hombre en el barrio de Sagunto

La Fiscalía tilda de “perversa” la muerte de Rafael y la acusación particular, de “barbaridad”

En la exposición de su informe final, la fiscal ha sido tajante al calificar el crimen de Rafael como “un asesinato con alevosía”, siendo autores de los mismos los procesados R. y J. según las pruebas encontradas en la habitación donde murió la víctima. La Fiscalía ha rechazado de pleno la versión de la defensa del primero, cuya estrategia ha sido justicar la violencia alegando que Rafael estaba abusando de Manuela. Para la fiscal, los acusados “se hacen un traje a medida” y “se inventan” este relato aprovechando que “Rafael no puede dar su versión de los hechos porque lo han matado”.

El informe forense ha sido clave para desmontar esta coartada, según el Ministerio Público. La hora de la muerte se situaría de madrugada y no en la tarde-noche como sostienen los procesados. Si la agresión hubiera ocurrido por un arrebato al llegar a casa, la fiscal ha manifestado que “Rafael habría muerto mucho antes”, por lo que considera que la supuesta agresión sexual es “solamente una excusa para intentar quitar la responsabilidad penal”.

Respecto a M., la Fiscalía mantiene su acusación como cómplice. Mientras se producía el asesinato, ella “estaba con música en el salón” para ocultar lo que ocurría en la habitación contigua, de “muy reducidas dimensiones”. La fiscal ha hecho especial hincapié en la actitud de la acusada cuando una vecina llamó a la puerta alertada por el ruido: “Ella simula que no está pasando nada, que están de fiesta, con lo cual está dando una cobertura”. Con esta acción, según la fiscal, M. impidió que Rafael pudiera ser auxiliado, permitiendo que los otros dos acusados “puedan matar sin que hubiera interferencia por parte de nadie”.

Por otro lado, la acusación particular ha calificado los hechos como un asesinato cometido con una “brutalidad” y “agresividad” extrema. Para esta letrada, la intención de matar era “evidente”, ya que Rafael se encontró “indefenso”. Además, ha solicitado que no se apliquen atenuantes de drogadicción o colaboración en los casos de R. y J. Sobre M., la acusación ha destacado que, a pesar de su “retraso leve”, mantiene una vida normal y tuvo capacidad suficiente para no auxiliar a la víctima ni pedir ayuda a los vecinos.

Juicio a los acusados de asesinar a un hombre en el barrio de Sagunto

La defensa de R. y M. invoca la ley del “solo sí es sí” para justificar la reacción de los acusados

En la lectura de su informe, la abogada de R. y M. ha recurrido a los principios de la ley del “solo sí es sí” para exigir que se otorgue credibilidad al testimonio de M. en relación a la supuesta agresión sexual que habría sufrido por parte de Rafael, desencadenante de la agresión. En un intento por que el jurado otorgue credibilidad a esa afirmación, la letrada ha dicho que mientras “en la televisión” se repite constantemente el lema de que “hay que creer a la víctima” y se defiende la protección de la mujer, en este proceso se ha ignorado sistemáticamente el relato de la procesada.

Este argumento es, para esta defensa, la pieza central para explicar el móvil de los hechos, algo que, según la abogada, las acusaciones no han podido acreditar de forma lógica. Así, sostiene que R., al ver a Rafael supuestamente abusando de M. sufrió un “cortocircuito” o ataque de locura que desencadenó la agresión física. Asimismo, ha insistido en que no hubo una intención premeditada de matar, señalando que la barra de hierro no fue llevada al piso con ese fin.

La defensa de Jesús solicita la libre absolución y rechaza la calificación de asesinato

Por último, la defensa de J. se ha acogido a la autoinculpación de R. y ha insistido al jurado en que “esta es la declaración válida que debe valorar” y no la que hizo en la fase de instrucción, cuando R. incluyó a J. en el fallecimiento de la víctima. Al igual que la otra defensa, ha rehazado que los hechos sean constitutivos de asesinato porque “no ha quedado probada la existencia de un plan premeditado ni hubo ensañamiento”, dado que la muerte se produjo por asfixia y no por las anteriores agresiones que sufrió Rafael.

Lo que no ha negado esta defensa, apoyándose en las pruebas de ADN, es que su cliente estuviera en la habitación donde fue hallado el cadáver de la víctima. Sin embargo, sí ha cuesitonado cuál fue su rol real en los hechos. Para la abogada, J. podría ser considerado, “a lo sumo, cómplice por no haber evitado la agresión o por haber participado en una pelea previa” con puñetazos y patadas que no fueron la causa de la muerte. Como prueba de su falta de autoría material, se ha referido a la ausencia de huellas de J. en la barra de hierro utilizada durante la agresión, donde sí había restos de la víctima y de Ramón.

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