Acepta dos años de cárcel por vender un coche de alquiler propiedad de un concesionario
El Juzgado de lo Penal número 3 de Córdoba ha condenado a 24 meses de cárcel por apropiación indebida y estafa documental a un hombre reincidente después de vender un coche de alquiler que era propiedad de un concesionario de Puente Genil. La defensa, ejercida por el abogado cordobés David Jiménez, solicitaba la libre absolución pero en el acto del juicio, el acusado llegó a una conformidad con el Ministerio Fiscal, que pedía dichas penas.
Según la sentencia a la que ha accedido este medio, el acusado, tras contactar con un concesionario y solicitar un coche, informó a un tercero de la posibilidad de la venta del vehículo por 12.000 euros. Dado que el comprador estaba de acuerdo, financió la compra, interviniendo para ello el acusado, quien contactó con otra empresa de automóviles para facilitar dicha operación.
Como consecuencia de dicha financiación, el comprador recibió los 12.000 euros para hacerse con el coche, realizando la transferencia a un número de cuenta facilitado por el acusado, que resultó ser de su madre. Tras comprobar el ingreso, el procesado entregó el vehículo al comprador el 13 de febrero. Dos días más tarde, llamó al comprador para que le entregara el vehículo para realizarle una reparación electrónica pero no se lo devolvió.
En la sentencia, el magistrado señala que el procesado llevó a cabo esta operación “guiado con un ánimo de beneficio ilícito y sabiendo que la venta no se iba a realizar” ya que, una vez que el comprador le entregó el vehículo para la supuesta reparación, no se lo devolvió, al igual que los 12.000 euros que recibió para su compra. Tampoco ha devuelto dicha cantidad al propietario de la empresa que participó en la financiación, quien finalmente se hizo cargo de abonar el importe, que ascendió a 13.724 euros debido a los intereses.
Igualmente, y con la finalidad de simular la devolución de los 12.000 euros, el procesado realizó sendas transferencias al comprador por importe de 12 euros y al propietario de la empresa financiadora, entregándole a este último un documento que justificaba dicha transferencia en el cual se había manipulado la cifra apareciendo la cantidad de 12.000 euros cuando, en realidad, el importe de la transferencia fue de 12 euros.
El vehículo se encuentra actualmente en propiedad y posesión de su legítimo propietario. La sentencia condena también al procesado a indemnizar en 13.712 euros al dueño de la empresa financiadora.
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