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La Junta decreta servicios mínimos para la huelga de este miércoles con los transportes urbanos e interurbanos al 50%

Un tren de Cercanías en Córdoba | MADERO CUBERO

Europa Press

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La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía ha decretado los servicios mínimos a los que obliga la ley ante un convocatoria de huelga para este miércoles 15 de octubre que dejará los transportes urbanos e interurbanos al 50% con respecto a un día “de normalidad”. En la resolución dictada por el departamento de Rocío Blanco, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) y consultada por Europa Press, se determina que los servicios mínimos comenzará desde las 00:00 a las 24:00 horas del 15 de octubre.

En las empresas que tengan varios turnos de trabajo, la regulación será aplicable desde el primer turno aunque empiece antes de las 00:00 horas del miércoles hasta la paralización del último turno aunque se prolongue después de las 24:00 horas del 15. En las compañías que sólo tengan un turno de trabajo que comience antes de las 00:00 horas del 15, la regulación será aplicable desde la hora de comienzo de la actividad laboral y hasta el 15 de octubre en la hora en que concluya la misma.

Los servicios mínimos afectarán al servicio de emergencias 112; empresas de abastecimiento y saneamiento de aguas; recogida y tratamiento de residuos sólidos; personal laboral de la Junta en tareas de vigilancia y seguridad en centros de trabajo autonómicos, de atención a personas con discapacidad y a las personas mayores; centros de menores; centros de atención a drogodependientes; residencias; personal laboral de las corporaciones locales de Andalucía; colegios e institutos; empresas que prestan soporte informático y de telecomunicaciones y las empresas concesionarias de servicios de transporte interurbano y urbano.

En este último caso, el de los transportes, tanto para los servicios de cercanías como para los de medio y largo recorrido así como para el transporte metropolitano por ferrocarril se garantizarán un 50% de los servicios prestados “en situación de normalidad, salvo en los supuestos de concurrencia con servicios alternativos, en cuyo caso se reducirán al 10%”. En los transportes urbanos de viajeros, “se garantizará el 50% de la totalidad de los servicios en situación de normalidad durante las horas punta --de 6:00 a 9:00 y de 18:00 a 21:00-- y el mantenimiento de un autobús o tranvía por línea el resto de las horas”.

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