Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

La Junta cancela la licencia 124 viviendas de uso turístico en Córdoba de enero a mayo de este año

Cartel de Vivienda de Uso Turístico (VUT)

Europa Press

0

La Junta de Andalucía ha cancelado de enero al 18 de mayo de 2026 un total de 2.673 viviendas de uso turístico inscritas en el Registro de Turismo de Andalucía gracias a una “estrategia integral de control, regulación y ordenación del sector, basada en la cooperación institucional, el refuerzo normativo y la modernización de los sistemas de inspección y registro”. En 2024, fueron 5.808 en todo el ejercicio; y 6.860 en 2025. Desde 2024 y hasta el 18 de mayo de este año, han sido más de 15.300.

Son los datos que maneja la Consejería de Turismo y Andalucía Exterior ofrecidos a Europa Press. Por provincias, gracias al nuevo marco normativo que hay en Andalucía desde 2024, en Almería, han sido canceladas 310 viviendas turísticas; en Cádiz, 467; en Córdoba, 125; en Granada, 333; en Huelva, 230; en Jaén, 40; en Málaga, 931 y en Sevilla, 237. En el caso de las capitales de provincia, en Almería han sido 83; en Cádiz, quince; en Córdoba, 106; en Granada, 155; en Huelva, ocho; en Jaén, once; en Málaga 114 y en Sevilla, 172.

Estas medidas se apoyan en la aprobación del Decreto 31/2024, que clarifica la posibilidad de que los ayuntamientos establezcan límites proporcionados al número de viviendas turísticas por edificio, zona o periodo, en línea con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. A ello se suma el Decreto ley 1/2025, de medidas urgentes en materia de vivienda, impulsado de forma coordinada con la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, que refuerza la capacidad de los municipios para adecuar esta actividad al modelo de ciudad definido en su planeamiento urbanístico y preservar el entorno urbano.

En otro orden de cosas, este jueves se ha conocido que el Tribunal Supremo ha anulado el registro único de arrendamientos de corta duración, regulado en el Real Decreto 1312/2024 de 23 de diciembre, al considerar que el Estado carece de título competencial para establecer una regulación exhaustiva de un registro nacional que “se superpone a los registros autonómicos existentes con respecto a la inscripción de inmuebles destinados a arrendamientos turísticos”. Así lo ha resuelto el órgano judicial al estimar parcialmente el recurso interpuesto por la Generalitat Valenciana, anulando únicamente aquellos preceptos por los que se crea este registro. Andalucía también lo recurrió hace ahora un año, alegando “una invasión de competencias autonómicas y una falta de diálogo institucional”.

Etiquetas
stats