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Así funciona el nuevo motor de conciliación de la Abogacía de Córdoba para descongestionar los juzgados

De izquierda a derecha, Rosa, Ana Delgado, David y Raquel del Moral

Alejandra Luque

5 de julio de 2026 19:55 h

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La forma de resolver los conflictos en Córdoba está cambiando, obligada por el atasco endémico de los tribunales y, sobre todo, por un giro en las leyes. La entrada en vigor de la Ley de medidas en materia de Eficiencia del Servicio Público de la Justicia ha introducido un término con el que los cordobeses se van a tener que familiarizar: el MASC (Medio Adecuado de Solución de Controversias). Ya no se puede demandar a la primera; la ley exige ahora, en el orden jurisdiccional civil en general, acudir previamente a algún medio adecuado de solución de controversias antes de pisar el juzgado.

En este nuevo tablero de juego, el Colegio de la Abogacía de Córdoba ha tomado la delantera. Aunque su Centro de Mediación opera con éxito desde 2014, la institución dio un paso definitivo a finales del año pasado al aprobar el reglamento de su nuevo Servicio de Conciliación Privado y abrir un registro oficial de letrados conciliadores expertos en esta materia. Al frente de este impulso se encuentra Ana María Delgado, diputada responsable de la comisión de MASC de la institución, quien toma el testigo del trabajo realizado por Raquel del Moral, anterior responsable de esta comisión, siendo ambas las impulsoras de estas vías alternativas en la provincia.

El mecanismo está pensado para ser ágil. Cuando un ciudadano o una empresa cordobesa se topa con un conflicto civil o mercantil y quiere acudir a los tribunales, puede solicitar este servicio al Colegio. La institución designa a un profesional de su listado por turno rotatorio para que cite a las partes a una negociación pautada, estructurada formal y con actas oficiales. El proceso es totalmente voluntario. Si la otra parte se niega a ir o no responde, el conciliador emite un certificado con el que el demandante ya cumple el requisito de procedibilidad que le exige el juez para poder continuar con la vía judicial tradicional. Pero si se sientan a hablar, el porcentaje de éxito es altísimo.

Servicio de mediación y conciliación del Colegio de la Abogacía de Córdoba

A menudo se confunden, pero los profesionales marcan una línea muy clara basada en el papel que juega el experto neutral. En la mediación, que tiene un enfoque quizás más emocional, el mediador utiliza técnicas de comunicación para que sean los propios implicados quienes encuentren la solución sin proponer nada directamente, algo muy indicado para divorcios al inicio del proceso, problemas vecinales o herencias donde las partes deben seguir relacionándose en el futuro. Por el contrario, en la conciliación, el profesional sí puede poner una propuesta de acuerdo sobre la mesa tras escuchar a las partes, siendo una vía ideal y más fría para disputas comerciales, problemas entre empresas o reclamaciones económicas muy concretas.

Además, la ley destaca que las partes podrán acudir a cualquiera de los medios adecuados de solución de controversias asistidas de abogado. Este, al ser director y asesor jurídico de su cliente, velará por los intereses del mismo, pero en un ambiente y espacio negociador propiciado por la intervención del tercero neutral (conciliador o mediador), contribuyendo así a convertir lo que podría ser un litigio agresivo en un trámite rápido de mutuo acuerdo.

Frente a la lentitud de la maquinaria judicial, que puede dilatar un asunto durante meses o años, este servicio destaca por su flexibilidad. Abogados conciliadores como Rosa y David ya están aplicando fórmulas mixtas y tecnológicas para romper barreras geográficas. El propio David relata un caso real tramitado recientemente en Córdoba en el que activó una sesión mixta donde una de las partes estaba físicamente en la sala del Colegio de Córdoba y la otra comparecía por videollamada desde Sevilla. El conflicto, que consistía en una modificación de la pensión de alimentos de un divorcio que requería ajustar las cuantías económicas, se resolvió en una sola sesión. El acuerdo intermedio evitó costes extra de desplazamiento y ahorró a la familia un calvario judicial de meses.

Servicio de mediación y conciliación del Colegio de la Abogacía de Córdoba

Para que el factor económico no sea una barrera, el Colegio de la Abogacía de Córdoba mantiene, además de su Centro de Conciliación privado, un convenio con la Junta de Andalucía. Gracias a este acuerdo, si al menos una de las partes implicadas es beneficiaria de la asistencia jurídica gratuita, todo el proceso de conciliación es 100% subvencionado y no le cuesta nada a las partes implicadas. Frente a las conciliaciones privadas, que no habría un límite de sesiones preestablecido, en el caso de beneficiarios de justicia gratuitas, el número de sesiones subvencionadas es de tres. Actualmente, hay unos 50 letrados conciliadores inscritos en este turno específico en Córdoba, entre los que se integran profesionales como Rosa y David, y ya se han tramitado alrededor de 40 conciliaciones por esta vía de la gratuidad.

Mientras que la legislación general del Estado no obliga a los conciliadores a reciclar sus conocimientos, la Junta de Gobierno del Colegio de Córdoba se ha mostrado estricta con la calidad del servicio y exige a todos los abogados conciliadores de su registro formación continua y de reciclaje obligatoria. Los propios profesionales admiten que participar en este turno subvencionado, donde la Junta abona unos honorarios muy discretos por sesión y acuerdo gestionado, tiene un trasfondo puramente vocacional y social, definiéndose a sí mismos como “un poco quijotes” a los que les apasiona la cultura del acuerdo.

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