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El Defensor abre una investigación por los “problemas estructurales” de los Registros Civiles en Córdoba

Fachada de la Ciudad de la Justicia.

Carmen Reina

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El Defensor del Pueblo Andaluz ha iniciado una actuación de oficio para investigar los “problemas estructurales” en los Registros Civiles de Córdoba, dirigiéndose para ello Delegación Territorial de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública en esta provincia.

La oficina del Defensor explica que esta institución trata de tomar “mayor conocimiento en relación a las disfunciones y dificultades en la implementación de la nueva estructura en los Registros Civiles de la provincia de Córdoba”. Y, en concreto, cita entre esos problemas “la cita previa obligatoria o las Relaciones de Puestos de Trabajo (RPT) de los distintos órganos”.

En su argumentación, constata que “a los largo de estos últimos años, venimos registrando un considerable incremento de quejas presentadas por la ciudadanía relacionadas con la organización y funcionamiento de los Registros Civiles”. Por ello, se propone iniciar esta actuación de oficio para que por los distintos encargados de estos organismos y la Delegación Territorial de Justicia informe al respecto sobre la situación de los Registros Civiles en Córdoba.

El Defensor del Pueblo Andaluz recuerda que la modernización de los Registros Civiles incluye la aplicación de técnicas organizativas y de gestión de naturaleza administrativa para permitir “una mayor uniformidad de criterios y una tramitación más ágil y eficiente de los distintos expedientes, prestando un servicio público de mayor calidad, sin perjuicio de la garantía judicial de los derechos de los ciudadanos”.

La ley actual establece “un Registro Civil único para toda España, informatizado y accesible electrónicamente, lo que exige una estructura organizativa distinta de la actual y la incorporación del uso de las nuevas tecnologías y de la firma electrónica”.

Y señala que el régimen de la publicidad del Registro Civil se articula a partir de dos instrumentos: la certificación electrónica y el acceso de la Administración, en el ejercicio de sus funciones públicas, a la información registral. “Este último se concibe como el instrumento preferente de publicidad, de tal forma que sólo en casos excepcionales el ciudadano deberá presentar certificaciones de datos del Registro Civil”.

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