Seis denuncias por alcoholemia y dos por drogas en la campaña especial de vigilancia de la Policía Local
La Policía Local de Córdoba ha impuesto un total de 8 denuncias por conducir bajo los efectos del consumo de alcohol o drogas, de las cuales seis han estado motivadas por tasa de alcoholemia y seis por cannabis, dentro de la campaña de especial vigilancia y concienciación puesta en marcha por la Dirección General de Tráfico (DGT) del 3 al 9 de junio.
En este marco, la Policía Local ha realizado durante la pasada semana un total de 410 controles de alcohol a personas conductoras, arrojando un total de 6 positivos, de los cuales 5 han sido de carácter administrativo y uno penal, lo que significa que el 98,54 % de las personas que realizaron los controles cumplían la normativa.
También, según la información facilitada por la Jefatura de la Policía Local de Córdoba, se realizaron 3 test de presencia de drogas, de los cuales un total de 2 fueron positivos en sustancias estupefacientes, en concreto ambos positivos correspondieron a cannabis, acarreando la preceptiva sanción.
Cabe destacar que se ha reducido el número de sancionados respecto a la campaña de especial vigilancia de junio del pasado año, ya que en 2018 se sancionó a 18 personas conductoras, de las cuales 13 por alcoholemia y 5 por presencia de drogas, frente a las ocho personas conductoras sancionadas de 2019 (5 positivos administrativos en alcohol y 1 penal, y dos multados por presencia de cannabis).
En este sentido, el teniente de alcalde de Presidencia y Seguridad Ciudadana en funciones, Emilio Aumente, ha valorado los efectos de las campañas preventivas y de toma de conciencia, ya que “la responsabilidad y el cumplimiento de la normativa generan seguridad vial y salvan vidas”.
Las sanciones por tasa de alcoholemia van de 500 euros y cuatro puntos a 1.000 euros 6 puntos, si bien las personas conductoras que reincidan se enfrentarán a una sanción de 1.000 euros y a la pérdida de entre 4 y 6 puntos del carnet dependiendo de la tasa dada. Junto a ello, conducir bajo presencia de drogas en el organismo está sancionado con 1.000 euros y 6 puntos del carnet.
Así mismo, el capítulo IV del Código Penal tipifica los delitos contra la seguridad del tráfico y establece las siguientes penas por conducir con exceso de alcohol y bajo la influencia de drogas. De esta forma, con tasas superiores de alcohol a 0,60 mg/l en aire o 1,2 gr/l sangre, las penas puede ser de prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años. La negativa a someterse a las pruebas puede acarrear prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años.
El delito de conducir bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas está penado con prisión de tres a seis meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años. La negativa a someterse al test de drogas acarrea penas de prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años.
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