Prisiones regulará las entrevistas de la prensa a raíz de la sentencia del Constitucional por un caso en Córdoba
Instituciones Penitenciarias trabaja desde hace meses en una nueva instrucción que regulará el derecho de los presos a ser entrevistados por la prensa y que ahora incorporará la doctrina favorable del reciente fallo del Tribunal Constitucional (TC), que ha dado la razón a un interno de Córdoba al que se le denegó en 2017 la posibilidad de hablar con un periodista.
Según han informado a Europa Press fuentes del organismo dependiente del Ministerio del Interior, la nueva instrucción tiene en cuenta este fallo pero también el reglamento penitenciario y la obligación de proteger a las víctimas. A petición del Defensor del Pueblo, la norma empezó a consensuarse con organizaciones de la prensa tras la llegada en junio de 2018 de Ángel Luis Ortiz a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
Estas fuentes recuerdan que la normativa establece que sea el preso el que solicite este tipo de entrevista, y que su autorización se analiza “caso por caso” y teniendo en cuenta cuestiones organizativas y de seguridad de cada centro penitenciario.
En el caso de presos preventivos, las comunicaciones de un interno dependen del juez que ha ordenado su ingreso en prisión. La Administración tiene en cuenta, además, la gravedad de los delitos del penado para que no se produzca lo que se conoce como “doble victimización”, de acuerdo a la protección prevista por el Estatuto de la Víctima.
La protección de las víctimas es un tema que ya abordó el director de Prisiones en una carta remitida en septiembre a los directores de las cárceles para solicitar que “atajaran” la divulgación de datos sobre internos como Ana Julia Quezada, que entonces estaba siendo juzgada por la muerte del niño Gabriel Cruz. Entendía que se estaba dando “un protagonismo social indebido a quien tanto daño personal pudiera haber causado”.
Preso de Córdoba
La Asociación Pro Derechos de Andalucía (Apdha) y el Asociación de la Prensa de Sevilla (APS) han celebrado este miércoles la sentencia del Tribunal Constitucional que reconoce el derecho a la libertad de expresión de los presos, el derecho a la libertad de información de los profesionales y el de la población a ser informada de asuntos de interés público.
El fallo responde al recurso interpuesto tras la negativa el 26 de enero de 2017 de la cárcel de Córdoba a conceder a un periodista de eldiario.es una entrevista con un preso condenado a 58 años por robos.
La dirección alegó que no existía motivación que justificara la necesidad de dicha comunicación ni garantías suficientes para mantener la seguridad y el orden del establecimiento. Tras hacerse pasar por “amigo” del interno, la cárcel sancionó al recluso a un mes sin acceso a las zonas comunes.
Tanto el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria como la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Córdoba desestimaron los recursos interpuestos. Apdha ha puesto en valor que se trata de una sentencia sin precedentes y ha augurado que el fallo del Constitucional supondrá un aumento notable del número de peticiones para celebrar entrevistas periodísticas dentro de las prisiones.
La concesión de entrevistas dentro de las cárceles suele ser una cuestión que genera controversia. Los líderes independentistas juzgados en el Tribunal Supremo por el referéndum del 1-O, por ejemplo, han sido autorizados por las cárceles de Madrid y de Cataluña para ser entrevistados, por lo que han entrado cámaras en las salas habilitadas para tal fin, y también han respondido por escrito a preguntas o enviado notas de voz publicadas luego por la prensa.
Una de las entrevistas de mayor repercusión fue la de 1995 a Julián Sancristóbal, ex director de la Seguridad del Estado que fue encarcelado por su relación con los crímenes del GAL.
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