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¿Has perdido un patinete eléctrico, una tablet, el móvil o las llaves? Pueden estar en manos de la Policía Local

Vehículos y agentes en la Jefatura de la Policía Local | ALEX GALLEGOS

Carmen Reina

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El Boletín Oficial de la Provincia (BOP) ha publica la relación de objetos perdidos que durante el pasado mes de noviembre han llegado hasta la Jefatura de la Policía Local y que no han encontrado aún a su dueño.

Entre los objetos perdidos se hallan tres patinetes eléctricos, dos tablet, una bicicleta y hasta diez teléfonos móviles. La relación también incluye 17 documentos DNI, seis permisos de conducir, 11 tarjetas personales, un pasaporte, tres documentos de vehículos, hasta 18 monederos y carteras y un bolso.

También se busca al dueño de una carpeta, una pulsera de actividad, una cadena de joyería, numerosas llaves y un paquete de reparto.

Se hace pública la relación de bienes muebles depositados en la Oficina de Objetos Perdidos de la Policía Local desde el 1 al 30 de noviembre, toda vez que de las gestiones realizadas hasta el día de la fecha no ha sido posible localizar a los/as propietarios de los objetos.

Dichos bienes podrán ser reclamados y entregados a quienes acrediten ser sus dueños/as en la Oficina de Objetos Perdidos de la Policía Local, sita en la Avenida de los Custodios 1, en días hábiles, en horario de 8:30 a 14:30 de lunes a viernes, excepto los días 24 y 31 de diciembre.

La titularidad del objeto reclamado podrá acreditarse por cualquier medio admitido en derecho, y en ausencia de título, se exigirá dar detalle del bien que a juicio del responsable de la oficina de Objetos Perdidos sean suficientes para presumir la propiedad.

Con carácter previo a la entrega, podrá exigirse la satisfacción del premio establecido en el artículo 616 del Código Civil a la persona que hizo entrega del hallazgo, y en su caso, de los gastos originados.

Si superado el tiempo de dos años, a contar a partir del segundo domingo de esta publicación en el tablón de edictos, ninguna persona acreditara la propiedad del bien, tal como dispone el artículo 615 del Código Civil se adjudicará a quién lo hubiese hallado, previo pago de los gastos originados. En ausencia de persona que reclame el bien, ni como propietario/a ni como hallador/a, el Ayuntamiento podrá declararlo de titularidad municipal por ocupación, artículo 610 del Código Civil.

En el supuesto de cosas muebles que no pudieran conservarse sin deterioro o sin constituir gastos que disminuyan notablemente su valor, transcurridos ocho días tras la publicación, la cosa hallada podrá venderse en pública subasta y se depositará su precio.

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