La Junta reconoce que la Mezquita es de “titularidad eclesiástica”
“Un patrimonio cultural de titularidad eclesiástica, en el que su uso primordial es el religioso”. En el mes de febrero de este año, la Delegación Provincial de Cultura de la Junta de Andalucía enviaba un informe al Defensor del Pueblo Andaluz, Jesús Maeztu, en el que por dos veces reconocía que la Mezquita Catedral es de “titularidad eclesiástica”. El informe era una respuesta a una serie de demandas que la plataforma Mezquita Catedral trasladó al Defensor del Pueblo Andaluz en una reunión.
En la respuesta es la primera vez que el Gobierno andaluz pone negro sobre blanco en un documento oficial que la titularidad de la Mezquita Catedral es de la Iglesia. O al menos la primera vez que se hace público. La Junta llegó a solicitar un informe a sus servicios jurídicos para estudiar la posibilidad de reclamar la titularidad pública del monumento, una de las grandes demandas de la plataforma e incluso del Ayuntamiento, que ha creado una comisión municipal cuyas conclusiones aún se desconocen.
El informe, muy extenso y detallado, responde a una infinidad de quejas y demandas de la plataforma, trasladadas y en muchos casos compartidas por el Defensor del Pueblo de Andalucía, sobre la gestión y el uso que está haciendo el Cabildo sobre este monumento. Y la respuesta del Defensor del Pueblo, más allá de la titularidad del bien, en la que no entra, es un tirón de orejas a la labor de supervisión de la Junta de Andalucía sobre los usos de este bien histórico que, llega a afirmar, supone el “1%” del Producto Interior Bruto de toda la provincia de Córdoba.
El Defensor del Pueblo insiste en que “al margen de su titularidad” la Mezquita Catedral es un elemento muy protegido, el de más alto valor de Córdoba y uno de los más importantes del mundo, que necesita de “la aplicación de un régimen legal de tutela acorde con la significación patrimonial, histórica, artística y cultural del inmueble afectado”. Y eso es algo que en los últimos años la Junta de Andalucía no ha hecho, según concluye en un extenso informe, en el que también se responde al documento de la Delegación Provincial de Cultura.
Un monumento sin plan director
Algo que le parece particularmente grave al Defensor del Pueblo Andaluz es la ausencia de un plan director para la gestión del monumento. La Junta reconoce que se llegó a redactar uno, a principios del siglo XXI, pero nunca que llegó a entrar en vigor. El plan director fue redactado por los dos arquitectos conservadores del monumento, Gabriel Ruiz Cabrero y Gabriel Rebollo. La Junta lo devolvió por una serie de “deficiencias” pero el documento nunca regresó a la administración, por lo que jamás fue aprobado y lógicamente ya ha quedado “obsoleto”.
Ahora, la Junta busca la aprobación de un nuevo plan director. La Mezquita de Córdoba es el único gran monumento de Andalucía que carece de él. Y es precisamente en ese plan director donde deben recogerse los usos y funciones que debe tener el monumento, “al margen de su titularidad”, insiste el Defensor. Es decir, con ese documento en la mano el Cabildo no puede tomar decisiones sobre el bien sin el permiso de la autoridad supervisora competente, la Junta de Andalucía.
“Unilateralidad” del Cabildo
Grave también le parece al Defensor otra de las frases de la Junta en su informe. En su respuesta, la Delegación de Cultura responde al Defensor que trabaja con el Cabildo en ese plan de gestión y en la creación de una “comisión mixta” para la toma decisiones. Lo hace, literalmente, con estas palabras: “La asunción de un pactum en virtud del cual la Iglesia se comprometa a no actuar de forma unilateral en materia de usos teniendo en cuenta el papel que ha de jugar la Administración Cultural”.
“Confiemos que esas gestiones que se expresan para reforzar las vías de diálogo entre la entidad titular del BIC y la Administración Cultural logren impulsar los compromisos anunciados de 'no actuar de forma unilateral en materia de usos'. Porque lo contrario supondría la acreditada necesidad de intervención a cargo de la Delegación para evitar esa pauta 'unilateral' que parece aludir a comportamientos inadecuados con la normativa que vincula al titular del inmueble, u omisivos ante las funciones de esa autoridad cultural”, llega a afirmar en su documento Maeztu.
De hecho, el informe del Defensor del Pueblo, que es público, a diferencia de otros de la administración autonómica y las propias conclusiones de la comisión municipal, concluye de manera inaudita con un recordatorio, una recomendación y dos sugerencias. El Defensor es un órgano consultivo y no preceptivo, por lo que no puede exigir.
Así, Jesús Maeztu recuerda “las disposiciones reguladoras del régimen de protección de la Mezquita-Catedral de Córdoba” que se tienen que tomar y recomienda “para el ejercicio por la Delegación de Cultura de las funciones de supervisión, control y autorización de las actuaciones sometidas a dicho régimen normativo, en particular sobre los usos y actividades desplegadas en el conjunto monumental”. Además, sugiere en primer lugar que lo antes posible se disponga de “las medidas de elaboración, discusión y aprobación de un Plan Director de la Mezquita-Catedral”; y en segundo lugar que se apruebe “para potenciar el eficaz funcionamiento de los órganos de actuación conjunta establecidos entre la Junta de Andalucía y los representantes de la Iglesia católica para el cumplimiento de los objetivos fijados en la normativa de protección, conservación, investigación y difusión de los valores de la Mezquita-Catedral de Córdoba”.
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