Un juez obliga al Ayuntamiento a pagar a los porteros de los colegios como a los ordenanzas
Los servicios jurídicos del sindicato CGT han ganado un juicio donde la sentencia obliga al Ayuntamiento de Córdoba a apagar a los porteros de los colegios según lo establecido en la Relación de Puestos de Trabajo (RPT), que iguala la categoría de porteros con la de ordenanza. Además, deberá abonar a lo porteros la diferencia económica desde 2015.
CGT recuerda en una nota que sus servicios jurídicos interpusieron demandas judiciales contenciosas administrativas, a petición de afiliadas a este sindicato, porteras de colegios del Ayuntamiento de Córdoba, exigiendo la actualización de su nómina como establecía la Relación de Puestos de Trabajo aprobada en enero de 2015, que igualaba la categoría de portero a la de ordenanza, y al abono de las diferencias con carácter retroactivo desde que se aprobó esta RPT.
El Ayuntamiento de Córdoba se opuso a esta pretensión de actualización, en el mismo juicio celebrado, alegando diversas justificaciones para conseguir una sentencia contraria a reconocer este derecho.
Finalmente la primera sentencia judicial dictada por el juzgado, “reconoce el derecho de nuestra afiliada, portera de colegio, a que se actualice su nómina como se establece en la Relación de Puestos de Trabajo, igualando las retribuciones a las de ordenanza, y a abonar la diferencia económica dejada de percibir, desde el año 2015, así como condena al Ayuntamiento de Córdoba a correr con las costas del juicio”, dice CGT.
“Es una satisfacción haber conseguido que se haga justicia, y que lo que se ha venido negando durante cuatro años a las y los porteros del Ayuntamiento de Córdoba, por el gobierno municipal, se haga una realidad a través de esta sentencia judicial”, asegura el sindicato.
Desde el CGT se pedirá al Ayuntamiento de Córdoba que esta sentencia se extienda a todas y todos los porteros del Ayuntamiento de Córdoba, que se actualicen todas las nóminas y se paguen las diferencias económicas desde el año 2015.
Las afiliadas de CGT en el Ayuntamiento de Córdoba, viendo que se pasaban los cuatro años que tenían para poder reclamar este derecho a ser retribuidas como establece la RPT, debiéndose igualar a la categoría de ordenanza, así como al abono de las diferencias de esos últimos años, y que si no lo hacían de inmediato, se perderían todos los derechos a la reclamación, decidieron en el mes de octubre del pasado año, presentar el correspondiente recurso administrativo ante el Ayuntamiento. La respuesta de este equipo de gobierno municipal fue el silencio administrativo. Ante esta actuación del Ayuntamiento, interpusieron la correspondiente demanda judicial, dando como resultado una sentencia que obliga al Ayuntamiento a actualizar la nómina como la categoría de ordenanza, y a abonar las diferencias desde el año 2015.
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