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Otro informe 'bomba': Es “ilegal” que un indefinido haga de funcionario

El concejal de Personal con el primer teniente de alcalde, Pedro García | MADERO CUBERO

Alfonso Alba

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El informe bomba que firmó el secretario del Pleno del Ayuntamiento de Córdoba, Valeriano Lavela, sobre el personal en la Gerencia Municipal de Urbanismo ha tenido consecuencias. El secretario de la Junta de Gobierno Local ha firmado otro informe bomba dirigido a todos los organismos autónomos del Ayuntamiento que refuerza la postura de Lavela y su tesis de que solo los funcionarios pueden tramitar determinados expedientes. Es más, es la primera vez que un oficial de esta categoría pronuncia la palabra “ilegal” para referirse a la situación de que un trabajador indefinido o temporal pueda hacer funciones reservadas exclusivamente a funcionarios.

El consejo de administración del Instituto Municipal de Desarrollo Económico y Empleo (Imdeec) del Ayuntamiento ha sido el primer organismo en conocer este nuevo informe, que urge al equipo de gobierno a poner orden dentro de un desorden en el departamento de Personal que se extiende desde hace años.

En concreto, el documento, al que ha tenido acceso este periódico, llega a varias conclusiones. La primera es que lo que tienen que hacer ya todos los organismos autónomos del Ayuntamiento es un “examen de las funciones que realiza el personal” para “determinar aquellos puestos de trabajo cuyos cometidos exterioricen una actividad de la Administración que tenga una directa trascendencia para la situación jurídica de otros sujetos de derecho, y en la que por ello sean relevantes esas notas de objetividad, imparcialidad e independencia que habrán de ser necesariamente encomendados a personal funcionarial”.

Una vez hecho el informe, el documento urge a una segunda medida: “la modificación de la plantilla y de la Relación de Puestos de Trabajo”. Así, se plantea que primero “en el supuesto en que dichos puestos estén siendo desempeñados por personal laboral fijo se debe hacer constar su régimen laboral en la condición de 'a extinguir', y procederse a impulsar el correspondiente procedimiento de funcionarización”. En segundo lugar, habla de que “en el supuesto en que dichos puestos estén siendo desempeñados por personal laboral indefinido la obligación de la Administración es regularizar lo que es una situación ilegal”.

Llegado a este punto, el secretario plantea que el Ayuntamiento convoque “el correspondiente procedimiento de acceso las plazas cuya existencia se haya revelado como consecuencia del reconocimiento a determinados trabajadores de la condición de personal indefinido no fijo”.

Ahora bien, los ayuntamientos no pueden contratar personal por la imposición de la nueva Ley de la Administración Local, la conocida como Ley Montoro. Sin embargo, el secretario que firma este nuevo informe asegura que en este caso sí que se puede sortear la ley. Para ello adjunta jurisprudencia reciente que le lleva a concluir que el Ayuntamiento de Córdoba sí que puede convocar las plazas que actualmente están ocupadas por interinos.

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