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La Fiscalía advierte de la edificación de casas por personas de “escasos recursos con materiales muy precarios”

Parcelaciones vistas desde Medina Azahara en Córdoba, en una imagen de archivo.

Redacción Cordópolis

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La Fiscalía de Córdoba destaca que se han dejado de construir segundas residencias en suelo no urbanizable en la ciudad, pero “también se observa la proliferación de edificación de viviendas por personas de escasos recursos económicos, con materiales muy precarios, para ser utilizadas como primera residencia y a veces también como vivienda recreacional”.

Según se recoge en la memoria del Ministerio Público referida al año 2019, a la que ha tenido acceso Europa Press, en los delitos contra la ordenación del territorio, como ya se indicó en las anteriores memorias, se ha registrado desde 2011 “un descenso paulatino muy destacable” de las denuncias recibidas en la Fiscalía y de los procedimientos tramitados ante los juzgados de Instrucción, algo que justifica por “la crisis económica”.

No obstante de lo anterior, “se ha producido un repunte de las denuncias interpuestas en esta materia, incrementándose notablemente el número de diligencias de investigación y procedimientos incoados al respecto”, según se destaca en la memoria de 2019.

Estos delitos tienen “una fuerte presencia” en el término de Córdoba, “donde el crecimiento desde finales de la década de 1970 se ha producido sin respetar el modelo de ciudad compacta mediterránea que contempla el Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU), haciendo crecer la capital de modo descontrolado, a base de urbanizaciones de escasa calidad, sin equipamientos ni zonas verdes, llegando a construir incluso en zonas inundables, en zonas de peligro extremo de incendio, e incluso en los alrededores de la ciudad califal Medina Azahara”.

Además, hace constar que “desde 2013 se ha advertido una tendencia hacia la absolución de estas conductas por parte de los juzgados de lo Penal y Audiencia Provincial, en base a la interpretación del decreto de la Junta de Andalucía 2/2012, de 10 de enero, que considera como el punto de partida de un intento de la jurisdicción penal en la provincia de condenar sólo en supuestos absolutamente graves”.

En este sentido, la Sección de Medio Ambiente siempre ha recurrido la mención en las sentencias al referido decreto, “en tanto en cuanto no se ha producido una legalización”.

En concreto, precisa que “formalmente las absoluciones se basan en la falta de vulneración del bien jurídico protegido, falta de antijuridicidad material por el hecho de estar sujeta la zona a presión urbanística debido a la existencia de otras edificaciones en la zona, e incluso consideran aplicable el principio de intervención mínima”.

Ello “no es asumible” por la Sección, que ha recurrido todas estas sentencias, algunas de ellas en casación, aunque sólo se han interpuesto algunos de los recursos por parte de la Fiscalía del Tribunal Supremo, considerando que “sería necesario una coordinación de la Fiscalía Coordinadora de Medio Ambiente con la Fiscalía del Tribunal Supremo para lograr la oportuna coordinación de criterios, entre ellos, el relativo a la no demolición que, al ser excepcional, debe ser objeto de motivación reforzada”.

En relación con las demoliciones, alega que “las escasas sentencias condenatorias rara vez llevan aparejada la demolición, siendo lo más frecuente que sea a través de la voluntad del condenado en los casos en que se alcanza una conformidad”.

Incendios forestales, “el problema más importante”

En cuanto a los incendios forestales, la Fiscalía expone que “es el problema más importante en éste ámbito” de Medio Ambiente, en la provincia, que “encabeza desde hace dos décadas la lista del número de incendios producidos en Andalucía”, señalando que “el peligro más importante se detecta en la ciudad”.

Al respecto, destaca que cuenta con “una extensión considerable y que un tercio del terreno se encuentra en superficie forestal”, a la vez que hace hincapié en “la gran proliferación desordenada de construcciones ilegales que incrementan el riesgo de incendio y perturban la labor de los servicios de extinción”.

Para tratar de solucionar el problema, según precisan desde el Ministerio Público, “se han mantenido diversas reuniones con el Infoca y demás organismos y técnicos responsables de la prevención de incendios, que se refirió especialmente a la zona de Córdoba”.

En este caso, han llegado a la conclusión que “las soluciones deben venir de la mano de implantar una nueva política de gestión del riesgo, siendo necesaria una estructura organizativa con implantación estable, desarrollar una cultura de autoprotección y, de importancia, elaborar una ordenanza municipal que obligue a los particulares a implementar esos planes”.

Contaminación de ríos

También en los delitos contra el medio ambiente, la Fiscalía apunta a los referidos a la contaminación de ríos por aguas residuales y vertidos del residuo de las cooperativas olivareras de la provincia, alpechin, existiendo a tal efecto una causa en tramitación en el término municipal de Baena, en la que “se ha acreditado la voluntariedad en el vertido por parte de las empresas intervinientes”.

Asimismo, precisa que se han tramitado varias diligencias de investigación por denuncias efectuadas por Ecologistas en Acción sobre la emisión de vertidos sin depurar y sin autorización, reclamándose a diversos ayuntamientos la emisión de informes por su personal técnico sobre el nivel de funcionamiento de la estación depuradora de aguas residuales correspondiente.

Al hilo de ello, el Ministerio Público avisa que “hay localidades donde aún se vierten aguas residuales sin depurar en el río Guadalquivir, siendo necesaria la colaboración entre las administraciones local y autonómica para la construcción de depuradoras que eviten esa práctica y así evitar que los niveles de contaminación sean superiores a los deseados”.

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