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Emacsa aprueba el suministro mínimo vital de agua

Protesta de Stop Desahucios en la puerta de Emacsa solicitando el mínimo vital | MADERO CUBERO

Redacción Cordópolis

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El Consejo de Administración aprueba esta medida destinada a personas en riesgo de exclusión social

Emacsa ya ha aprobado el suministro mínimo vital de agua. En su reunión de esta mañana, el Consejo de Administración ha aprobado esta medida, demandada desde los colectivos sociales y destinada para aquellas personas en riesgo de exclusión.

En una nota de prensa se señala que, una vez analizado el borrador remitido desde el ayuntamiento, la empresa

municipal sometido a aprobación de su consejo de administración, la ayuda del mínimo vital de suministro a todas aquellas personas que aún acogiéndose a los tipos de ayudas vigentes en la actualidad -bono social y fraccionamiento de pago- no tengan capacidad económica para hacer frente al consumo de sus hogares. Esta iniciativa coloca a Córdoba como ciudad pionera en este tipo de ayudas a las personas más desfavorecidas.

El Consejo ha aprobado una modificación en sus tarifas de precios que permitirá garantizar a las familias que reúnan los requisitos exigidos, poder beneficiarse del suministro de hasta tres metros cúbicos al mes por cada miembro de la unidad familiar. Para acogerse a dicha ayuda los beneficiarios tendrán que acreditarse como titulares del suministro, aportar el certificado de empadronamiento y fotocopia de libro de familia, el documento que acredite los ingresos de la unidad familiar y la inscripción como demandante de empleo de todos los

miembros mayores de edad de la unidad familiar.

Los beneficiarios de este mínimo vital deberán acreditar que no disponen de medios económicos suficientes para cubrir las necesidades básicas de subsistencia, incluidas las relativas al consumo de agua. Esta ayuda tendrá un límite temporal inicial de seis meses, tras los cuales, se volverá a revisar la situación familiar y en caso de mantenerse podrá prorrogarse.

Emacsa remitirá las solicitudes recibidas a Servicios Sociales, donde se determinará que solicitantes son susceptibles de recibir el mínimo vital de tres metros cúbicos por persona y mes. Si el peticionario tiene el suministro con contador comunitario, la compañía de agua entregará un impreso al interesado para que recabe la firma del presidente de la comunidad- que deberá acompañar de fotocopia del DNI del mismo-, mostrando su conformidad con que la reducción aplicada al recibo de la comunidad revierta al peticionario

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