Declaran nulo uno de los contratos de vigilancia del C4
Un dictamen preceptivo del Consejo Consultivo indica que se omitieron y eludieron todas las normas que marca el procedimiento de adjudicación | Se fraccionaron indebidamente las cantidades previstas para contratos menores
Sigue sin abrirse, pero aún cerrado se hacen las cosas mal en el C4. Un informe del Consejo Consultivo de Andalucía, fechado este mes de junio, ha declarado nulo uno de los contratos de vigilancia del espacio cultural (es un decir) de la capital cordobesa. La resolución, de carácter preceptivo y solicitada a instancias de la propia Consejería de Cultura, señala que se omitieron todas las normas y procedimientos previstos para la contratación de servicios, así como que hubo un fraccionamiento indebido por la ley de contratos menores.
En el dictamen, que desde esta semana es público en la web del Consultivo, se pone de manifiesto la maraña administrativa y la improvisación que se ha seguido en todo el procedimiento para un espacio que lleva cerrado años a la espera de que se concrete para qué se quiere dedicar. La conclusión es clara: “Se propone la nulidad del contrato por omisión total y absoluta del procedimiento legal establecido al instrumentalizarse como contrato menor lo que debió ser un contrato sometido a las exigencias de publicidad y concurrencia, consecuencia de un fraccionamiento indebido del objeto del contrato”
En el dictamen del órgano de consulta, el relato de los hechos comienza a finales de enero de 2014 cuando concluye el primer contrato de vigilancia del inmueble y “ante la imposibilidad de tramitar un expediente de larga duración con urgencia que mantuviera la seguridad del edificio y sus instalaciones, en las que se habían invertido 27 millones de euros, la Consejería de Cultura, Educación y Deportes solicitó la correspondiente autorización a la de Justicia” para iniciar un nuevo servicio que se facturó a finales de marzo por un importe de 20.988 euros.
Aquí empieza el lío, según recoge el fallo del Consultivo. “Se quiso proceder a la tramitación de procedimiento para la contratación del servicio desde el 1 de abril de 2014 a 30 de marzo de 2015. Sin embargo, la falta de crédito impidió iniciar el expediente hasta el 12 de marzo del 2014”, lo que generaba dos problemas: un concurso abierto tardaría un mínimo de dos meses en tramitarse y, en el mejor de los casos, no podría comenzar hasta junio por lo que no podría tramitarse de la forma prevista y, el segundo, que el C4 se quedaría otra vez sin vigilancia por la falta de previsión en los actos de la Administración regional.
¿Qué se hizo? La solución más fácil: otro contrato menor desde abril hasta finales con la misma empresa y por un importe similar: 21.700 euros. Ambos contratos se saltaron el límite de 18.000 euros que fija la normativa para contratos menores y, con esta práctica, “se permitió artificiosamente configurar objetos contractuales cuyo importe permitía la consideración de las diferentes contrataciones como menores, cuando en realidad se trataba de un solo objeto (la prestación del servicio de vigilancia de un mismo edificio)”, señala el dictamen, que declara la nulidad del último de los contratos.
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