Competencia sanciona a cuatro funerarias por ponerse de acuerdo
La Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía (ADCA), organismo autónomo adscrito a la Consejería de Economía y Conocimiento, ha abierto expediente sancionador a cuatro funerarias de la provincia de Córdoba por supuestamente alcanzar acuerdos para repartirse el territorio, atendiendo únicamente a los fallecimientos que se producían en sus respectivas localidades y evitando asistir en la otra, segmentando así el mercado en su beneficio mutuo.
En un comunicado, ADCA ha señalado que el presunto entendimiento se ha producido entre las empresas del sector funerario en las poblaciones cordobesas de Belalcázar e Hinojosa del Duque, entre las que apenas distan diez kilómetros y según datos del Padrón de 2015 tienen 3.391 y 6.989 habitantes, respectivamente.
En concreto, las firmas presuntamente involucradas son la Funeraria-Tanatorio Gafiq Sociedad Cooperativa Andaluza; el Tanatorio de Belalcázar, ambas en el municipio belalcazareño; y la funeraria Manuel González Moreno y la Funeraria-Tanatorio La Nueva, ambas ubicadas en Hinojosa del Duque.
La agencia andaluza ha afirmado que existen “indicios racionales” de que posibles prácticas restrictivas de la competencia y contrarias a la Ley, que prohíbe “todo acuerdo, decisión o recomendación colectiva o práctica concertada que tenga por objeto, produzca o pueda producir el efecto de impedir, restringir o falsear la competencia”.
Además, la ADCA también investiga al Tanatorio de Belalcázar por presuntas denegaciones de las salas-velatorio, lo que supondría un caso abuso de posición dominante. A este respecto, recuerda que el tanatorio está considerado como una “instalación esencial” dado que el uso de estas instalaciones para velar a los fallecidos es una práctica cada vez más generalizada en las familias, constituyendo un servicio básico, prácticamente insustituible por cualquier otro.
Las empresas de pompas fúnebres del sector que no cuenten con espacio deben recurrir a la subcontratación a tanatorios privados o municipales, por lo que en este caso podría haberse dado un abuso de la posición de dominio por parte del de Belálcázar.
La incoación de estos procedimientos no prejuzga el resultado final de la investigación, ha remarcado la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía, que ha explicado que ahora se abre el periodo establecido en la Ley --un máximo de 18 meses-- para la instrucción de los expedientes y su resolución.
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