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Cambio social: más permisos por paternidad que por maternidad en Córdoba

Niño recién nacido en Córdoba | MADERO CUBERO

Alfonso Alba

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Es un cambio de tendencia sorprendente. La Seguridad Social tramitó más permisos de paternidad que de maternidad en la provincia de Córdoba por vez primera, según los datos que publicó el Ministerio de Empleo este mismo jueves. Así, según estos datos, en la provincia de Córdoba se tramitaron y concedieron 1.052 permisos de paternidad, por los 990 de maternidad. Al cambio social se une una realidad: en el mercado de trabajo cordobés hay más hombres con empleo que mujeres. Aún así, hasta ahora casi todos esos permisos los solicitaban exclusivamente las mujeres.

El cambio es nacional. Así, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha gestionado 62.832 prestaciones económicas por maternidad hasta marzo y 64.505 por paternidad en toda España. Estas cifras reflejan un cambio cultural en lo referido al disfrute de los permisos para cuidado de los hijos, según reconoce el propio Ministerio.

En Córdoba, los permisos por paternidad han crecido un 4% en lo que va de año. En cambio, los de maternidad han descendido en un 32% en el mismo periodo de tiempo. Además, los permisos de maternidad pueden ser disfrutados por los padres, según la normativa estatal. En Córdoba, de los 990 permisos de maternidad concedidos siete fueron percibidos por los padres.

En cuanto al gasto, los permisos de maternidad supusieron 3,4 millones de euros para la Seguridad Social en la provincia de Córdoba, por los 1,09 millones de los de paternidad. Las cifras también reflejan otra realidad: los permisos de paternidad son más cortos. Un tercio aproximadamente. Las madres disfrutan de una baja por maternidad media de 73 días.

La cuantía de la prestación por maternidad es equivalente al cien por cien del salario y se abona directamente por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) durante las 16 semanas de permiso (ampliables en caso de parto múltiple en dos semanas más por cada hijo a partir del segundo).

Además, el padre puede disfrutar del tiempo cedido por la madre al mismo tiempo que ella o a continuación, excepto en las seis primeras semanas de descanso obligatorio para la madre, en caso de parto natural (en caso de fallecimiento de la madre, el derecho a estas seis semanas lo puede solicitar el padre). La Ley contempla también la posibilidad de disfrutar a tiempo parcial del permiso.

Cuando las trabajadoras estén cobrando la prestación por desempleo total y pasen a la situación de maternidad, percibirán la prestación correspondiente y, tras agotarla, reanudarán el cobro del desempleo por el tiempo que restara por percibir y en la cuantía que correspondiera en el momento de la suspensión.

Las trabajadoras y trabajadores pueden solicitar excedencia para atender al cuidado de hijo o menor acogido o para el cuidado de otros familiares. En este caso, la duración del periodo considerado de cotización efectiva dependerá de los supuestos contemplados en la Ley General de la Seguridad Social, modificada con la entrada en vigor de la Ley de Igualdad que amplió el alcance y duración de esta prestación.

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