La Audiencia Nacional ratifica la primera multa a un ejecutivo de Cajasur
El exdirector general José Ruiz fue sancionado por descuidar los mecanismos de control interno de la entidad financiera
La sala de lo contencioso de la Audiencia Nacional ha ratificado la primera sanción por la gestión de Cajasur de un antiguo ejecutivo de la entidad financiera -el exdirector general, José Ruiz- tal y como fue impuesta por el Banco de España y confirmada por el Ministerio de Economía, avanza el diario Abc, en su edición cordobesa. El tribunal ha rechazado todas las argumentaciones elevadas en el recurso. A Ruiz se le reclaman 45.000 euros por las deficiencias de gestión durante el tiempo que estuvo al frente de la principal responsabilidad técnica de la antigua caja de ahorros. Fue nombrado en agosto de 2005 y estuvo en el cargo hasta marzo de 2007.
Ruiz fue multado por uno de los cargos -el de descuidar los mecanismos de control interno- y exonerado del resto de causas, hasta tres, que investigó el Banco de España. Contra el único cargo por el que fue sancionado, decidió recurrir ante la Audiencia Nacional, que hasta el momento ha confirmado las multas impuestas al exvicepresidente de Cajasur Fernando Cruz-Conde y a uno de los consejeros del Partido Popular, Miguel Contreras. Contra estas sentencias, cabe recurso ante el Tribunal Supremo.
El fallo recoge operaciones concretas que supusieron un quebranto para la cuenta de resultados de la entidad. En primer lugar, cita la concesión de un préstamo hipotecario a la promotora Las Villas de Alfarnatejo por valor de 5,5 millones de euros para la adquisición de suelos. De esa cantidad, sólo una pequeña parte se destinó a la finalidad contratada. El resto, dice el fallo, «se distrajo». Consta en el pliego de cargos, la adquisición de Arenal Sur 21 a Rafael Gómez que supuso un fuerte quebranto de la situación económica de Cajasur. El fallo asegura que ha quedado demostrado la «plena responsabilidad» de José Ruiz, tras la consulta de las actas del consejo de administración. El importe de la operación, contraviniendo las órdenes del Banco de España, ascendió a 125 millones sin informes que acreditaran su viabilidad.
La Audiencia Nacional cita también operaciones con la promotora Affira -con la que se vulneró el tope de riesgo del 65%- y con la empresa Chalet, Piscinas y Complementos, a la que se financió, por tramos, hasta un 70% de una promoción cuando el límite se encontraba en la mitad de la inversión necesaria. La sala de lo contencioso recoge como elemento punible la concesión de 7,5 millones a la empresa Interbarajas 2004 para que la sociedad pudiese hacer frente, a su vez, a un crédito anterior de 23 millones
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